Subvenciones destinadas al apoyo de bibliotecas públicas municipales de Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S07455/25Norma:
Orden 45/2025, de 21 de marzo. Resolución de 30/05/2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas al apoyo de bibliotecas públicas municipales de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Empleo
Inversiones Materiales y Equipos
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Modalidad A. Contratación: 6.000 euros como máximo.b) Modalidad B. Adquisiciones: 2.500 euros como máximo.
c) Modalidad C. Actividades culturales: 1.250 euros como máximo.
d) Modalidad D. Equipamiento: 1.250 euros como máximo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar esta subvención exclusivamente los Ayuntamientos y entidades locales de ámbito inferior al municipio de Castilla-La Mancha.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Modalidad A: Contratación. Exclusivamente las retribuciones relativas a los contratos del personal cuyas funciones sean la dirección, gestión, trabajos técnicos y la programación de actividades culturales de animación a la lectura en el marco de la biblioteca pública municipal. Los contratos subvencionables serán aquellos en vigor en el momento de formular la solicitud, dependientes de la entidad local y que se refieran a personal laboral fijo o indefinido no fijo. El desempeño de la jornada de trabajo mencionada en la base tercera, deberá realizarse íntegramente en la biblioteca municipal de un único municipio y por la misma persona, salvo que se den circunstancias de excedencia, baja médica o en cualquier otra situación que interrumpa la prestación de trabajo, excepto las vacaciones. Sólo se subvencionará un único contrato por cada entidad local.Quedan excluidos los gastos de cuotas patronales y seguridad social. Se regirán por lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los requisitos de los contratos subvencionables podrán definirse en mayor detalle en cada convocatoria, debiendo contemplar las siguientes características: ámbito temporal de los contratos, número de horas de la jornada laboral y categoría y nivel profesional del contrato.
- Modalidad B: Adquisiciones. Gastos para la adquisición de materiales bibliográficos, publicaciones periódicas y materiales multimedia. El contenido y temática de los materiales adquiridos serán los técnicamente adecuados para las bibliotecas públicas de uso general según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha.
- Modalidad C: Actividades culturales. Se considerarán gastos subvencionables los estrictamente necesarios para la planificación, ejecución y promoción de las actividades detalladas en la base primera, adquisición de material fungible y contratación de servicios para el desarrollo de estas actividades.
- Modalidad D: Dotación y mejora de equipamiento específico para bibliotecas. Entre estos, podrán incorporarse en las convocatorias elementos tales como equipamiento informático, expositores, estanterías, mesas y sillas de lectura, carros de transporte, y elementos que favorezcan de forma indubitada la accesibilidad, con destino exclusivo a las bibliotecas públicas municipales.
Requisitos:
a) Disponer de una biblioteca pública en funcionamiento con personal cualificado, equipamiento y horario adecuado para dar un servicio de calidad.Las condiciones que debe reunir el personal cualificado serán las siguientes:
- Jornada laboral para municipios de hasta 2.500 habitantes: media jornada, entendiendo por ella 20 horas semanales.
- Jornada laboral para municipios de más de 2.500 habitantes: jornada completa.
- Categoría laboral: Técnico Auxiliar de Bibliotecas (C1) o grupo profesional equivalente, con titulación Bachiller o Técnico.
Las condiciones de equipamiento serán las siguientes: disponer de servicio de internet de uso público gratuitoLas condiciones de horario de apertura serán las siguientes:
- Para bibliotecas públicas en municipios de hasta 2.500 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 20 horas semanales distribuidas en cinco días por semana.
- Para bibliotecas públicas en municipios de entre 2.501 y 5.000 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 30 horas semanales distribuidas en cinco días por semana.
- Para bibliotecas públicas en municipios de entre 5.001 y 10.000 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 35 horas semanales distribuidas en cinco días por semana.
- Para bibliotecas públicas en municipios de entre 10.001 y 15.000 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 40 horas semanales distribuidas en cinco días por semana
- Para bibliotecas públicas en municipios de entre 15.001 y 20.000 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 40 horas semanales distribuidas en seis días por semana.
- Para bibliotecas públicas en municipios de más de 20.000 habitantes: Horario de apertura al público de al menos 45 horas semanales distribuidas en seis días por semana.
b) Tener automatizada la gestión de la biblioteca.
c) Haber realizado una inversión destinada a la adquisición de fondos bibliográficos y multimedia para la actualización de la colección de la biblioteca. La cuantía mínima será de seiscientos euros en el año natural anterior a la publicación de las correspondientes convocatorias.
d) Haber cumplimentado a través de internet el cuestionario de Estadísticas de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha referido al año reflejado en la correspondiente convocatoria.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración autonómica, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, en la forma determinada en cada momento por la normativa aplicable.
f) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o quienes ostenten la representación de aquellas, en alguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad todo ello con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
g) De conformidad con el artículo 14.3 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, tratándose de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
h) No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por haber llevado a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, con la conformidad del órgano competente en materia de igualdad.
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10/06/2025
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