Subvenciones destinadas al Programa de Modernización del Sector del Taxi 2010-2012 - Modificación.

Código de ayuda:

S05619/10

Plazo de Solicitud:

1ºplazo: desde el 17/03 al 31/03. 2º plazo del 1/04 al 30/06. 3º plazo del 1/07 al 30/09 y 4º plazo del 1/10 al 30/12.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las subvenciones públicas destinadas a estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, así como la remodelación de los existentes, mediante la modernización de los mismos y/o la instalación de equipos de GPS.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentre en situación que motive la concesión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran proyectos y actuaciones subvencionables los destinados a la renovación del parque de vehículos destinados a servicio de taxi, mediante la adquisición de un vehículo nuevo y la consiguiente sustitución por otro más seguro, con bajas emisiones de CO2 y más eficiente, así como la remodelación de los existentes, mediante la modernización de los mismos y/o la instalación de equipos de GPS.

1.- Las ayudas se aplicarán para la adquisición de un vehículo nuevo de la categoría M1, matriculado en España y que reúna una de las siguientes características:

a) Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr./Km (Vehículo ecológico).

b) Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras (vehículo innovador).

c) Emisiones de CO2 no superiores a 149 gr./Km y que además incorporen un catalizador de tres vías para
vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diésel.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4918
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/03/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4930
Documento: Modificación Descargar Documento