Subvenciones destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles y comerciales producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025.
Código de ayuda:
S22928/25Norma:
ORDEN PEJ/849/2025, de 21 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de esta orden establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), mercantiles ycomerciales, producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025. Asimismo, se procede a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del
Departamento de Economía, Empleo e Industria para la inclusión de esta nueva línea de ayudas.
Categorías Subvención
Comercio
Inversiones Materiales y Equipos
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta ciento cincuenta mil euros (150.000€).- En el caso de establecimientos comerciales: hasta tres mil euros (3.000€).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
En el caso de las subvenciones de los apartados a), b) y c) del artículo 3, las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados,que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.
La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.
Documentos asociados
Boletín:
22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento