Subvenciones destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles y comerciales producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025.

Código de ayuda:

S22928/25

Norma:

ORDEN PEJ/849/2025, de 21 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta orden establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales), mercantiles y
comerciales, producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales de los días 11 y 12 de julio de 2025. Asimismo, se procede a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del
Departamento de Economía, Empleo e Industria para la inclusión de esta nueva línea de ayudas.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta ciento cincuenta mil euros (150.000€).

- En el caso de establecimientos comerciales: hasta tres mil euros (3.000€).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

En el caso de las subvenciones de los apartados a), b) y c) del artículo 3, las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados,
que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.

La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad, bien sean materias primas, materias en transformación, productos semielaborados o terminados y subproductos susceptibles de comercialización o valorización con anterioridad al desbordamiento, que hayan quedado inservibles o no comercializables.

La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 22/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 139
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento