Subvenciones destinadas a promover el emprendimiento entre el colectivo de jóvenes en el marco del Programa de garantía juvenil en Cataluña.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S45519/15

Norma:

ORDEN EMO/336/2015, de 29 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de noviembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones y el procedimiento que deben regir la concesión de subvenciones destinadas a promover el emprendimiento entre el colectivo de jóvenes en el marco del Programa de garantía juvenil desde las fortalezas de los territorios donde se ubican las entidades que presentan las solicitudes.

A efectos de la presente Orden se entiende por fortaleza territorial una característica de aquella comunidad social y geográfica que repercute claramente en su economía generando empresas y puestos de trabajo, haciendo esa comunidad y ese territorio más competitivos.

En el marco de la presente Orden la fortaleza territorial se tendrá que enfocar de manera diferencial con una aplicación de tecnología, innovación o nuevos modelos de negocio, con el objetivo de generar empresas de alto potencial de impacto en el territorio.

Las fortalezas territoriales pueden estar basadas en diferentes elementos:

Una especialización de aquel territorio o de aquella comunidad social y geográfica en un ámbito concreto. En el marco de esta convocatoria la especialización se debería plasmar pensando en la estrategia de RIS3CAT (http://catalunya2020.gencat.cat/ca/ris3cat/).

La diversidad del territorio, que permite generar sinergias entre ámbitos.

La existencia de una empresa o institución tractora.

Determinadas relaciones de los actores productivos del territorio con cadenas de valor internacionales.

Otras características del territorio que le determinan una capacidad competitiva.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1 La cuantía máxima la subvención será del 100% del coste de la actividad que se considere subvencionable
y hasta un importe máximo por proyecto de 130.000,00 euros.

2 La cuantía de la subvención otorgada no puede superar el 100% del coste subvencionable del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios/as:

Los ayuntamientos y entes vinculados o dependientes, los consejos comarcales, los consorcios locales, las diputaciones, los entes de gestión locales, las entidades metropolitanas, las entidades municipales
descentralizadas, las mancomunidades y las sociedades públicas locales de Cataluña.

Las entidades sin finalidad de lucro.

Las universidades o entidades de ellas dependientes.

Las escuelas de negocio, los colegios profesionales y los gremios.

Para el desarrollo de los proyectos las entidades beneficiarias se tendrán que presentar de forma agrupada.

Las entidades beneficiarias tendrán que suscribir acuerdos, convenios de colaboración o partenariados, donde se deberá definir claramente cuales son las entidades conveniadas y las acciones y los costes que serán responsabilidad de cada una. Las entidades conveniadas deberán cumplir cada una de ellas de manera
individual todas las obligaciones y los requisitos previstos en la presente Orden para las entidades beneficiarias de las ayudas. En todo caso, ante el órgano que concede la ayuda, la representatividad del proyecto recaerá sobre una de las entidades conveniadas, que será la entidad promotora.

Los destinatarios de estas ayudas son los jóvenes NOEF de entre 18 y 29 años que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial o de autoempleo, que estén inscritos en el sistema de garantía juvenil, y que por lo tanto cumplan los requisitos previstos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6991
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento