Subvenciones destinadas a los entes locales para la realización de inversiones para la ejecución de actuaciones de abastecimiento en alta.

Código de ayuda:

S58891/09

Norma:

RESOLUCION MAH/2309/2009, de 12 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Pueden ser objeto de subvención las inversiones realizadas por los entes locales derivadas de la ejecución de actuaciones elegibles sobre el sistema de abastecimiento en alta.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, el importe a subvencionar se corresponde con el 50% del valor elegible de la inversión realizada durante los años 2010 y 2011 hasta un máximo de 500.000 euros, sin perjuicio de lo que se especifica en la base 4.2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones los entes locales de Cataluña que presten de manera directa o por delegación el servicio de abastecimiento de agua en cuyo ámbito se presenten problemas de calidad o garantía de recurso. Asimismo, podrán optar a subvención los entes locales supramunicipales que presenten solicitudes por delegación de los anteriores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Instalaciones destinadas al suministro de agua formado por la captación (entendida como pozo, azud, presa, conexión a red regional o a red en alta), el depósito de regulación, la planta de tratamiento y el conjunto de tuberías y elementos auxiliares que permiten el transporte del recurso, desde la captación
hasta el depósito principal de distribución para cada núcleo del sistema de abastecimiento.

También se considerarán sistemas en alta las conexiones entre núcleos de población independientes, según la terminología empleada por el INE, siempre que se produzcan mediante tuberías de transporte sin acometidas intermedias. Se incluye en este último supuesto la conexión de un núcleo a la red en baja de otro, si esta es la mejor solución desde un punto de vista técnico y económico.

Documentos asociados

Boletín: 26/08/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5451
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento