Subvenciones destinadas a los clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional en la temporada 2022-2023 o, en su caso, en el año 2023, según el funcionamiento federativo.

Código de ayuda:

S03828/24

Norma:

Orden 240/2024, de 8 de febrero. Orden 465/2022, de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de abril de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a los clubes deportivos madrileños por la participación y resultados obtenidos por sus equipos en las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de carácter no profesional, de categoría absoluta en alguna de las dos máximas categorías de las ligas nacionales y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas en los que se compita por equipos, en la temporada 2022-2023, o, en su caso, en el año 2023, según el funcionamiento federativo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Clubes deportivos de la Comunidad de Madrid inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de la publicación de la convocatoria, que cuenten con al menos un equipo en alguna de las dos máximas categorías de las ligas nacionales y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas o especialidades olímpicas según corresponda en las competiciones donde únicamente se compita por equipos, todo ello en la temporada 2022-2023, o, en su caso, en el año 2023, según funcionamiento federativo.

Requisitos:

a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria.

b) Que conste en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid que el club ha comunicado la composición actualizada de su Junta Directiva con la documentación y requisitos necesarios para realizar la actuación administrativa previa a la correspondiente anotación de la misma. En el caso de que el club no hubiera efectuado dicha comunicación, podrá hacerlo dentro del plazo previsto en el apartado cuarto punto tres.

c) Contar con, al menos, un equipo de la categoría absoluta, en alguna de las dos máximas categorías de las ligas nacionales y en los casos en los que no exista liga regular, en los Campeonatos de España de modalidades olímpicas o especialidades olímpicas según corresponda en las competiciones donde únicamente se compita por equipos, todo ello en la temporada 2022-2023 o, en su caso, en el año 2023,según el funcionamiento federativo.

d) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.

e) Que todo el personal, incluido el personal voluntario, dependiente de la entidad, que desarrolle actividades en contacto habitual con menores, haya recabado la certificación negativa prevista en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Documentos asociados

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