Subvenciones destinadas a las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros, de carácter estacional.
Código de ayuda:
S21564/26Norma:
Orden FOM/9/2026, de 29 de julio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las líneas de transporte público regular nocturno de viajeros y de carácter estacional, de competencia autonómica, durante el período estival comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre del año de la correspondiente convocatoria.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Otras
Transporte
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
CantabriaConvoca:
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
3 €/km recorrido en cada expedición nocturna.200 € por trayecto realizado en vacío (sin pasajeros). En este caso no se aplica la ayuda por kilómetro.
Límite máximo por operador: 16.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden los operadores de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica que realicen servicios nocturnos restringidos al período estival, entendiendo como tal el comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los gastos de explotación generados a los operadores de servicios de transporte regular de uso general de titularidad autonómica por la prestación de servicios nocturnos durante el período estival (del 15 de junio al 15 de septiembre). Se consideran servicios nocturnos los prestados entre las 22:00 y las 6:30 horas.Requisitos:
No estar incursos en las prohibiciones para obtener subvenciones previstas en la Ley General de Subvenciones y en la Ley de Subvenciones de Cantabria.Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Tener satisfechas las deudas con el Gobierno de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
05/08/2026
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 149
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
