Subvenciones destinadas a las Entidades Locales para la realizacion de actuaciones de caracter medioambiental, en el Principado de Asturias - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S36855/09

Norma:

Resolucion de 4 de mayo de 2009. Resolución de 5 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones para las distintas líneas de actuación concretadas en la base segunda que desarrollen las entidades locales del Principado de asturias en el ámbito de la competencia de la Consejería de Medio ambiente, ordenación del territorio e infraestructuras.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar Artículo Quinta.—cuantía máxima de las subvenciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la concesión de subvenciones de cualquiera de las líneas reguladas en la base anterior, cualquier entidad local ubicada dentro del ámbito territorial de la Comunidad autónoma del Principado de asturias de acuerdo con lo siguiente:

línea 1.—las Corporaciones locales de aquellos espacios de la red regional de espacios naturales Protegidos ya declarados y las del territorio del Principado de asturias que estén dentro de la reserva de la biosfera del río eo, oscos y terras de burón. en todo caso, los solicitantes deberán acreditar los derechos que les asisten sobre el medio natural afectado y que permita la ejecución del fin perseguido.

línea 2.—Podrán ser beneficiarios de las ayudas todos los Ayuntamientos del Principado de Asturias.

línea 3.—Podrán ser beneficiarios de las ayudas los Concejos asturianos con población inferior a 50.000 habitantes o sus Mancomunidades.

Cada posible beneficiario sólo podrá solicitar ayuda para un tipo de acción subvencionable de entre las incluidas en esta línea.

líneas 4 y 5.—Podrán ser beneficiarios de las ayudas los Concejos asturianos con población inferior a 25.000 habitantes o sus Mancomunidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Dentro de la presente convocatoria podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se describen a continuación:

línea 1.—restauración y/o recuperación de hábitats y elementos naturales de la red regional del espacios naturales

Protegidos en el Principado de asturias, y de los territorios del Principado de asturias pertenecientes a la reserva de la biosfera del río eo, oscos y terras de burón tiene por objeto facilitar y estimular la realización de restauración y/o recuperación de hábitats y elementos naturales, así como cualquier actuación encaminada a lograr la puesta en valor de la red regional del espacios naturales Protegidos en el Principado de asturias, y de los territorios del Principado de asturias pertenecientes a la reserva de la biosfera del río eo, oscos y terras de burón con preferencia para aquellas actuaciones intrínsecamente ligadas a su conservación y que a su vez redunden en mejorar la calidad de vida de los ciudadanos que viven en los espacios protegidos. se considera prioritario a cualquier tipo de actuación y de obligado cumplimiento para los solicitantes que en todos los núcleos de población de sus espacios protegidos se realice recogida de basuras o bien se solicite ayuda para la misma en las otras líneas de esta convocatoria. se consideran subvencionables las siguientes actuaciones:

a. actuaciones de mejora y conservación de los hábitats prioritarios y de las especies catalogadas tales como sendas “disuasorias”, recogida de enseres abandonados, limpieza de ríos, etc.

B. Rehabilitación de elementos etnográficos propios del lugar.

C. obras que sirvan para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de los espacios protegidos, de acuerdo con los siguientes apartados:

C1) Mejora de las infraestructuras en los núcleos de población (excluyendo saneamientos, depuración y abastecimientos) tales como mejora de espacios públicos, soterramiento de cableados, etc.

C2) actuaciones que contribuyan a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, tales como la utilización de energías renovables o acciones de ahorro y eficiencia energética, entre otras, en edificios y equipamientos públicos

C3) Mejoras de infraestructuras de uso público tales como biondas de madera, tratamiento de árboles, etc.

C4) Mejora de las infraestructuras de uso ganadero tales como caminos tradicionales, tratamiento de estercoleros, etc.

C5) otras actuaciones.

línea 2.—desarrollo de acciones de sostenibilidad local en el marco de la agenda 21.

Las ayudas tienen por objeto financiar parcialmente el desarrollo de acciones de sostenibilidad local en el marco de la agenda 21, en las entidades locales del Principado de asturias.

—se consideran acciones subvencionables las siguientes:

a. el desarrollo de Planes de acción local en el marco de la agenda 21.

b. la realización de campañas de sensibilización ambiental destinadas a los ciudadanos del municipio o a los trabajadores de la administración local.

C. la implantación de sistemas de contratación pública verde en la administración local.

d. la realización de estudios y planes locales, así como la puesta en marcha de iniciativas en materia de movilidad sostenible.

e. la elaboración de normativa municipal en materia de protección del medio ambiente, que suponga un avance en materias como el ahorro de agua, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (Geis) y otros contaminantes, la prevención de la contaminación o el aumento de la tasa de reciclaje de residuos, entre otros.

—son gastos subvencionables los gastos en bienes corrientes y servicios derivados de las acciones arriba descritas, que tengan lugar en el plazo de tiempo que se señale en la convocatoria anual correspondiente.

—Cada entidad local sólo podrá presentar una solicitud en la cual, como máximo, podrá recoger la realización de dos acciones de las descritas en el punto anterior.

línea 3.—adquisición de equipamientos para la realización de tareas de gestión de los residuos urbanos.

Las ayudas tienen por objeto potenciar el papel de las entidades locales en la gestión de los residuos urbanos, financiando parcialmente la adquisición de equipamientos para dichas tareas de gestión. Se considera subvencionable la adquisición de los equipamientos que se relacionan a continuación, necesarios para tareas de gestión de residuos urbanos, siempre y cuando dichas tareas sean llevadas a cabo con medios materiales de la propia entidad local.

a) Camiones para la recogida y transporte de residuos urbanos.

b) dumpers y asimilables para la recogida y transporte de residuos urbanos.

C) vehículos ligeros y tractores para la recogida y transporte de residuos urbanos.

d) barredoras y asimilables.

E) Accesorios para los equipamientos mencionados en los apartados A) a D) y destinados específicamente a la recogida y transporte de residuos urbanos. Cada posible beneficiario sólo podrá solicitar ayuda para un tipo de acción subvencionable de entre las indicadas más arriba. son gastos subvencionables por esta línea de actuación, los gastos en bienes de inmovilizado material derivados de las acciones arriba descritas, que se hagan efectivos en el plazo de tiempo que se señale en la convocatoria anual

línea 4.—operaciones para la gestión de los residuos sólidos urbanos y la mejora del entorno.

Las ayudas tienen por objeto financiar parcialmente los déficits de gestión de los residuos sólidos urbanos, las operaciones de gestión de residuos de carácter excepcional, y los costes de la limpieza de playas realizada por los ayuntamientos y Mancomunidades. se consideran acciones subvencionables las siguientes:

a) la gestión de los residuos sólidos urbanos (recogida, transporte directo a vertedero o a través de estación de transferencia, tratamiento,...), en los gastos directos no cubiertos por las tasas de recogida, en aquellos ayuntamientos cuyo territorio esté afectado por parques, reservas o paisajes naturales protegidos declarados.

b) operaciones de gestión de residuos de carácter excepcional (erradicación de vertederos pirata, recogida de residuos domésticos de gran volumen, accidentes...). no se subvenciona la gestión de recogida de residuos plásticos de usos agrarios, subvencionable por otra línea de ayudas.

C) Planes de limpieza de playas, complementarios al desarrollado por CoGersa en el período estival. no se subvenciona desbroce ni limpieza de accesos.

línea 5.—operaciones de gestión de la recogida de residuos plásticos de usos agrarios realizada por los ayuntamientos y Mancomunidades.

Las ayudas tienen por objeto financiar parcialmente la gestión de la recogida de residuos plásticos de usos agrarios realizada por los ayuntamientos y Mancomunidades. son gastos subvencionables por esta línea de actuación, los gastos en bienes corrientes y servicios derivados del objeto de esta línea de subvenciones, que se hagan efectivos en el plazo de tiempo que se señale en la convocatoria anual correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 107
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento