Subvenciones destinadas a la sanidad vegetal.

Código de ayuda:

S07064/05

Norma:

Orden de 17 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la convocatoria de subvenciones destinadas a la sanidad vegetal, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (CE) nº 1.257/1999 sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola, y al amparo de lo previsto en el Programa Operativo Integrado de Canarias para el período 2000-2006.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Asociativas agrarias y personas físicas o jurídicas titulares de una explotación agrícola, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.
b) No haber recibido o solicitado ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público.
En otro caso, deberá consignar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.
c) No haber recibido o solicitado ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o en su caso el importe de las que haya recibido.
d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.
e) No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
f) Que cumplan lo dispuesto en el párrafo segundo y tercero del número 11 del artículo 52 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de subvención serán:

a) Ejecución de ensayos o experiencias innovadoras en fitopatología que se concierten entre las Agrupaciones para Tratamiento Integrado de Agricultura (ATRIAs) y esta Consejería.
b) Adquisición de medios fungibles específicos y en común, destinados a la ejecución de programas oficiales de erradicación y control, a niveles comunitario, nacional o regional, para la prevención y lucha contra alguno de los siguientes agentes nocivos: Tecia solanivora Povolny “polilla guatemalteca de la papa”, Tryoza eritreae del Guercio (“psila de los cítricos”) y Cosmopolites sordidus Germar, “picudo de la platanera”.
c) Contratación de técnicos agrarios con titulación universitaria de grado medio o superior, para el control y seguimiento de programas de lucha integrada concertados con esta Consejería, así como la adquisición de medios fungibles necesarios para la ejecución de dichos programas.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 35
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/04/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 84
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 30/08/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 170
Documento: Modificación Descargar Documento