Subvenciones destinadas a la reforma o adaptación y equipamiento de los consultorios médicos locales con cargo al Fondo Local de Aragón en el ejercicio 2018.

Código de ayuda:

S61419/18

Norma:

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio. ORDEN PRE/1903/2018, de 26 de noviembre. ORDEN SAN/1968/2018, de 27 de noviembre. ORDEN SAN/1327/2019, de 7 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de enero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones destinadas a la reforma o adaptación y equipamiento de los consultorios médicos locales para contribuir a una mejora en la prestación de la asistencia sanitaria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Consejería de Sanidad (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de las bases aprobadas mediante la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón, podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las Entidades Locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:

1. La adaptación, reforma y/o reparación de consultorios médicos locales ejecutados por una o varias empresas adjudicatarias o por medios propios de las Entidades Locales.

2. El equipamiento clínico y mobiliario de los consultorios médicos locales.

Requisitos:

a) No estar incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley general de Subvenciones y que sean de aplicación a las mismas.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado y con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como frente a la Seguridad Social, y no tener alguna deuda pendiente de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o
aspectos de un mismo proyecto.

d) Acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

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