Subvenciones destinadas a la realización de proyectos destinados a la mejora de los modelos de atención residencial y acogimiento familiar de niños, niñas y adolescentes, y a proyectos piloto de innovación en servicios sociales en el ámbito de infancia y familia.

Código de ayuda:

S01237/22

Norma:

Orden 198/2021, de 30 de diciembre. Orden 34/2022, de 8 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de marzo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones objeto de esta orden estarán destinadas a financiar proyectos en las siguientes áreas de
intervención:

Proyectos de la línea 1:

a) Diseño y puesta en marcha de proyectos de apoyo en red dirigidos a jóvenes extutelados.

Proyectos de la línea 2:

b) Proyectos de Formación dirigida a profesionales de acogimiento residencial, centros de ejecución de medidas judiciales, servicio de postadopción y acogimiento familiar, de niños, niñas y adolescentes, así como a familias adoptivas y acogedoras, para el óptimo abordaje del daño derivado de las situaciones de malos tratos o trauma temprano.

c) Proyectos de desarrollo y evaluación de la metodología del programa Referentes.

d) Proyectos para la evaluación, revisión y actualización del procedimiento de acogimiento familiar en su modalidad de familia extensa.

e) Proyectos destinados a la captación de personas y familias interesadas en los programas de Acogimiento familiar y/o Referentes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por cada proyecto subvencionado no excederá de 600.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos de la línea 1:

a) Diseño y puesta en marcha de proyectos de apoyo en red dirigidos a jóvenes extutelados.

Proyectos de la línea 2:

b) Proyectos de formación dirigida a profesionales de acogimiento residencial, centros de ejecución de medidas judiciales, servicio de postadopción y acogimiento familiar, de niños, niñas y adolescentes, así como a familias adoptivas y acogedoras, para el óptimo abordaje del daño derivado de las situaciones de malos tratos o trauma temprano.

c) Proyectos de desarrollo y evaluación de la metodología del programa Referentes.

d) Proyectos para la evaluación, revisión y actualización del procedimiento de acogimiento familiar en su modalidad de familia extensa.

e) Proyectos destinados a la captación de personas y familias interesadas en los programas de acogimiento familiar o Referentes.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determina en el Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) No encontrarse, la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

g) Que el personal que vaya a desarrollar el proyecto no haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

h) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. El órgano competente en materia de igualdad deberá dar su conformidad a dichas medidas.

i) Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en los proyectos presentados y acreditar experiencia operativa para ello.

j) Acreditar la titularidad o disponibilidad del uso de espacios necesarios para desarrollar las actividades.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 3
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 15/02/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 31
Documento: Modificación Descargar Documento