Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S40973/18

Norma:

Orden 124/2018, de 25 de julio. Resolución de 0.1/08/2018. Orden 166/2018, de 19 de noviembre. Resolución de 19/11/2018. Resolución de 30/04/2019. Resolución de 29/11/2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades de interés general atendiendo a los ejes previstos en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

En el marco de lo dispuesto en el apartado 1, los proyectos a subvencionar se destinarán a la atención de personas con necesidades de atención integral sociosanitaria; la atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral; y al fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia, considerándose las siguientes líneas de subvención:

Línea 1: atención sociosanitaria integral en enfermedades crónicas.

Línea 2: salud mental.

Línea 3: promoción de la salud.

Línea 4: atención a las personas con adicciones.

Línea 5: inclusión social.

Línea 6: voluntariado y participación.

Línea 7: atención a la dependencia.

Línea 8: infancia y familia.

Línea 9: mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias.

Línea 10: mejora de la calidad de vida de las personas mayores y sus familias.

Línea 11: juventud.

Línea 12: igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia.

Para cada línea de subvención, se han definido sublíneas subvencionables, que se detallan en el anexo I.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

La Cruz Roja Española, las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, y todas aquellas otras asociaciones y/o sus federaciones que reúnan los requisitos establecidos en la base quinta.

No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas entidades del tercer sector de acción social, los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas a la atención de personas con necesidades de atención integral sociosanitaria; la atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral; y al fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituida al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones, a excepción de las confederaciones, federaciones y entidades recién constituidas que estén integradas mayoritariamente por federaciones o asociaciones con una antigüedad superior a dos años.

b) Carecer de fin de lucro.

c) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

d) Estar inscritas en el correspondiente registro de Castilla-La Mancha o haber presentado solicitud de inscripción, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de actividades objeto de estas bases.

f) Acreditar experiencia y especialización en la atención al colectivo o colectivos al que se dirigen los proyectos.

g) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de los proyectos subvencionados, acreditando la experiencia operativa para ello en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

i) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

j) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

k) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

l) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

m) Disponer la entidad, para la realización de los proyectos subvencionados a los que sea de aplicación, de personal que no haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, incluida la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de Modificación Parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. Asimismo, podrán concurrir las agrupaciones, sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades, cuando cada una de las que la integran reúna por sí misma los requisitos del apartado 1 y cumplan los siguientes requisitos específicos:

a) Que se determine el liderazgo de una de ellas, que será única y plenamente responsable de la agrupación ante la Consejería, sin perjuicio de la responsabilidad de los otros miembros de la agrupación, tal y como establecen los artículos 11, 40 y 53 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

b) Que se nombre a una persona como representante única de la agrupación, persona física explícitamente elegida por todas las personas integrantes, que deberá ostentar poderes bastantes para cumplir las obligaciones de representación legal de la agrupación.

c) Que las entidades integrantes de la agrupación suscriban en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta del proyecto subvencionado.

Los proyectos bjeto de subvención deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Sus actividades han de desarrollarse en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

b) Atender a los fines o cubrir las necesidades específicamente reflejadas en la línea y sublínea a la que concurra.

c) Intervenir de forma directa con la población reflejada en la línea y sublínea a la que concurra.

d) Que el recurso y/o la actuación a desarrollar se lleve a cabo de acuerdo con la normativa estatal y autonómica que lo regule.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 148
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/08/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 155
Documento: Convocatoria 2018 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 23/11/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 229
Documento: Modificación bases Descargar Documento
Boletín: 26/11/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 230
Documento: Ampliación crédito Descargar Documento
Boletín: 07/05/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 87
Documento: Convocatoria 2019 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 05/12/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 240
Documento: Redistribución de los créditos Descargar Documento