Subvenciones destinadas a la realización de programas de formación y capacitación en el cuidado libre de sujeciones, entre los trabajadores de los centros sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidad.

Código de ayuda:

S14646/22

Norma:

ORDEN FAM/191/2022, de 24 de febrero.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de programas de formación que aborden la capacitación de los profesionales que trabajan en los centros residenciales de atención a personas mayores y de personas
con discapacidad en la Comunidad de Castilla y León, para la eliminación de las sujeciones en la atención y cuidados que prestan a las personas usuarias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de las presentes bases, las entidades que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actuación subvencionable consistirá en el diseño y desarrollo de un programa de formación y de capacitación en el cuidado libre de sujeciones, dirigido a los profesionales que trabajan en los centros sociales de atención a personas mayores y de personas con discapacidad de Castilla y León.

El ámbito geográfico del programa abarcará todos los centros sociales autorizados de personas mayores y personas con discapacidad de Castilla y León.

El programa tendrá una duración total de 24 meses, de los cuales, 18 meses estarán dedicados a la formación en el cuidado libre de sujeciones y 6 meses al seguimiento de la capacitación o aplicación práctica de la formación recibida.

En el programa podrá plantearse la utilización de cuantas herramientas telemáticas faciliten la formación a distancia y el abordaje simultáneo de un gran número de centros.

En el presupuesto de los programas, las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

a) Gastos de personal: Gastos del personal propio de la entidad solicitante, en concepto de organización, desarrollo, coordinación, etc., del programa. Los costes del personal (salario y cotizaciones a la Seguridad Social) imputables a la subvención estarán limitados al coste salarial establecido en el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de
la Comunidad de Castilla y León y los Organismos.

b) Los honorarios de profesores y ponentes.

c) Las dietas y gastos de viaje del personal vinculado al programa, en las cuantías fijadas por el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

d) Otros gastos: los gastos de material docente para alumnos, los gastos de celebración de reuniones, los gastos de edición de publicaciones, los gastos de promoción y difusión, y, en general, todos aquellos que tengan relación directa con el programa y se puedan justificar documentalmente, excluyéndose los
gastos generales o costes indirectos.

Requisitos:

Ser entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

Tener recogidos, entre sus fines institucionales, los de formación y capacitación para la eliminación de sujeciones en el cuidado de las personas.

No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Castilla y León.

Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.

No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cumplir con el resto de la normativa vigente y en particular con la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento