Subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas para la mejora de lascapacidades digitales dirigidas prioritariamente a personas desempleadas en el marco del programa FSE+ 2021-2027 de la Región de Murcia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2025.

Código de ayuda:

S12246/25

Norma:

Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. Resolución de 5 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la financiación de acciones formativas para la mejora de las capacidades digitales demandadas por el sector productivo y el aprendizaje permanente en el marco de un mercado laboral digitalizado que
cambia rápidamente. Están dirigidas prioritariamente a desempleados.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades de formación públicas o privadas, inscritas en el Registro de Entidades de Formación del SEF y en el Registro Estatal de Entidades de Formación, para
impartir las especialidades formativas objeto de esta convocatoria y con presencia en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La contribución del FSE+ se utilizará para prestar ayuda a los beneficiarios en forma de subvenciones, instrumentos financieros, premios, o de una combinación de estas modalidades.

2. Las subvenciones concedidas a los beneficiarios podrán adoptar cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Reembolso de gastos reales, entendiendo por tales los gastos subvencionables en que el beneficiario, o un socio privado de operaciones en el marco de una asociación público-privada, haya efectivamente incurrido en el transcurso de la ejecución de las operaciones y realmente abonado.

Se considerarán incluidas en este concepto las depreciaciones y las contribuciones en especie de conformidad con los requisitos establecidos en esta norma.

b) Reembolso de gastos calculados mediante opciones de costes simplificados que revistan la forma de costes unitarios, sumas a tanto alzado, financiación a tipo fijo determinada mediante la aplicación de un porcentaje a una o varias categorías definidas de costes, o una combinación de las modalidades mencionadas en este párrafo y en la letra a).

Estos gastos podrán ser subvencionables siempre que cumplan con los criterios definidos en los artículos 51 a 56 del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.

c) Financiación no vinculada a costes según lo establecido en los artículos 51.a) y 53.f) del Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021.

Requisitos:

Será requisito necesario para poder obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones que la entidad no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/05/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 105
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/05/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 105
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