Subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en Castilla y León.

Código de ayuda:

S37346/21

Norma:

ORDEN EEI/873/2021, de 13 de julio. ORDEN EEI/972/2021, de 20 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar un programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, dirigido a mejorar tanto las condiciones de empleabilidad como la efectiva inserción laboral de las personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mediante la colaboración en la financiación para la puesta en marcha, en la Comunidad de Castilla y León, de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, integradas en itinerarios de orientación profesional, que posibiliten una mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas, con el fin de
conseguir su incorporación al mercado laboral, plasmada en un compromiso de inserción laboral de los beneficiarios de estas ayudas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de este programa, tal y como prevé el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las personas que cumplan con los requisitos que se determinen en las presentes bases reguladoras y en la convocatoria correspondiente para poder realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención, que cuenten, en el territorio de Castilla y León y en el momento de iniciarla, con las instalaciones necesarias en los municipios comprometidos en la solicitud para
ejecutar el programa en sus debidos términos.

Se entiende por personas, a efectos de estas bases reguladoras, tanto las personas físicas como jurídicas, con o sin ánimo de lucro, que hayan de realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento de la subvención. No podrán beneficiarse de esta subvención las entidades pertenecientes al sector público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de orientación profesional para el empleo, tanto individuales como grupales.

b) Acciones de motivación y asesoramiento para el autoempleo, tanto individuales como grupales dirigidas a la colocación por cuenta propia.

c) Actuaciones de prospección laboral, intermediación y de acompañamiento en los procesos a la inserción, que faciliten a los participantes su inclusión en el mercado de trabajo y su búsqueda de empleo por cuenta ajena.

Documentos asociados

Boletín: 16/07/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 137
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 30/08/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 167
Documento: Modificación Bases Descargar Documento