Subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en Castilla y León.

Código de ayuda:

S55064/20

Norma:

ORDEN EEI/1128/2020, de 16 de octubre. Resolución de 30 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones indicadas en el artículo único de esta orden tienen por objeto la realización de un programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, dirigido a mejorar tanto las condiciones de empleabilidad como la efectiva inserción laboral de las personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mediante la colaboración en la financiación para la puesta en marcha, en la Comunidad de Castilla y León, de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, integradas en itinerarios de orientación profesional, que posibiliten una mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas, con el fin de
conseguir su incorporación al mercado laboral, plasmada en un compromiso de inserción laboral de las entidades beneficiarias colaboradoras.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo e Industria (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones vendrá determinada por una combinación de variables, tales como: Los usuarios a atender, las acciones a desarrollar, las características establecidas por las especificaciones técnicas para esas acciones, las horas totales de atención, y el número y las ratios de recursos humanos necesarios.

La cuantía máxima a subvencionar por cada entidad beneficiaria será de 2.000.000 euros. El número máximo de proyectos a subvencionar en esta convocatoria será de cinco.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios, en los términos establecidos en la presente orden, las entidades sin ánimo de lucro que, teniendo personalidad jurídica propia, realicen las acciones que son objeto de la presente orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de orientación profesional para el empleo, tanto individuales como grupales, así como actuaciones de prospección laboral, intermediación y de acompañamiento en los procesos a la inserción, que faciliten a los participantes su inclusión en el mercado de trabajo y su búsqueda de empleo por cuenta ajena.

b) Acciones de motivación y asesoramiento para el autoempleo, tanto individuales como grupales dirigidas a la colocación por cuenta propia.

Documentos asociados

Boletín: 23/10/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 220
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 04/11/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 229
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 04/11/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 229
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento