Subvenciones destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S09828/20

Norma:

ORDEN 2/2020, de 27 de febrero. RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2020. RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2020. RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021. RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2023.

Plazo de Solicitud:

Desde el día 31 de enero hasta el 31 de marzo 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es convocar anticipadamente, para el ejercicio 2023 subvenciones para la realización de las actuaciones reguladas en los artículos 16 y 17 de la Orden 2/2020, de 27 de
febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción, fomento
y difusión de la economía social en la Comunidad Valenciana, publicada en el DOGV número 8755, de 5 de marzo de 2020 (de ahora en adelante, bases reguladoras).

Las condiciones para la solicitud, tramitación, resolución y notificación serán las establecidas en la presente convocatoria y en las referidas bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones que se convocan las beneficiarias previstas en el apartado 1, del artículo 2, de las bases reguladoras, siempre que, a la fecha de su solicitud, cumplan con los requisitos.

a) Las uniones y federaciones y la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, constituidas de conformidad con la legislación de cooperativas de la Comunitat Valenciana e inscritas como tales
en el Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

b) Las entidades asociativas a que se refiere la disposición adicional segunda de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de sociedades laborales y participadas.

c) Las federaciones de mutualidades de previsión social constituidas en la Comunitat Valenciana.

d) Las entidades asociativas de empresas de inserción valencianas.

e) los centros e institutos universitarios valencianos especializados en materias propias de la economía social; ya tengan personalidad jurídica propia, ya dependan o se encuentren adscritos a una universidad
valenciana, en cuyo supuesto, la solicitud deberá estar suscrita por la representación legal de esta última.

f) las entidades, de naturaleza no empresarial y sin ánimo de lucro, que estén especializadas en formación e investigación de la economía social y cuya actividad principal, atendidos sus ingresos en los dos últimos ejercicios, esté directamente vinculada a dichas especialidades.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del
plazo de validez de dicho asiento.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por la Generalitat.

e) Disponer de un Plan de Igualdad, con el alcance y contenido establecido en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuando le sea exigible de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria décima segunda de la misma, incorporada por el Real decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Documentos asociados

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