Subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus, en régimen de concesión directa.

Código de ayuda:

S11364/20

Norma:

Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre. Resolución de 12 de marzo de 2020. Resolución de 25 de marzo de 2020. Resolución de 23 de junio de 2020. Resolución de 26 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las empresas personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal las correspondientes a los siguientes sectores industriales, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 2.d) y el Anexo de la convocatoria: CNAE Sección C. Industria Manufacturera; Transporte de personas y mercancías: CNAE H49.31, H49.39 y H49.4; Hostelería (Hoteles y Campings): CNAE I55.10 y I55.30.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Será subvencionable la realización de acciones encaminadas a aumentar la seguridad de las personas en sus puestos de trabajo y garantizar la gestión empresarial más óptima en respuesta a la actual situación provocada por la infección del virus Coronavirus (COVID-19), según se describe en el apartado primero, punto 2.a), de la convocatoria.

Siempre vinculado a la realización de las acciones descritas, podrán subvencionarse los siguientes gastos e inversiones a realizar desde el 10 de marzo de 2020 hasta el 15 de abril de 2020:

- La consultoría o asistencia experta externa vinculada al desarrollo, definición e implantación de soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo, de planes de seguridad o contingencias, de planes de RRHH de conciliación, de planes gestión de la producción y la logística, y otros planes vinculados a la respuesta inmediata de la situación de referencia.

- La asistencia experta externa para labores de desinfección de los equipos, instalaciones, y de las personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.

- La asistencia experta externa para labores de monitorización y control de la infección en los trabajadores y la empresa, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.

- Aquellas instalaciones, medios y equipos, o materiales, de seguridad y conectividad necesarios, como puedan ser: De comunicación, conectividad y sus redes (videoconferencia, etc.); Para el teletrabajo (PCs, tablets, impresoras, etc.); De medición de condiciones sanitarias (Termómetros, Kits de detección, etc.); Para desinfección de instalaciones y de las personas; De protección y seguridad personal individuales o colectivos (arcos de limpieza, lava-pies, trajes especiales, etc.).

b) El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 2.000 euros.

c) La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja aprobará un máximo de una solicitud por convocatoria.

d) Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 70%, sometido al régimen de minimis, con un límite de gasto total máximo subvencionable de 14.500 euros. Dentro de este límite, el importe del gasto máximo total subvencionable de la consultoría o asistencia experta externa no superará los 5.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2018
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 120
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/03/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 31
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 13/03/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 31
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 27/03/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 38
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 26/06/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 78
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 29/06/2020
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 79
Documento: Modificación plazo solicitud Descargar Documento