Subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial "Programa Cheque de Innovación Asistencia".- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S53819/22

Norma:

Resolución de 7 de septiembre de 2022. Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre. Resolución de 16 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de junio de 2023, a las 14:00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a)Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, punto2.a), de la convocatoria, cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la misma:

a.1.Cheques(Pruebas de concepto-Proyectos de I+D+i)

a.2.Cheques(Diseño de Producto)

En ambos casos, podrán subvencionarselosgastosdeconsultoríaexpertaexternayloscostesdepersonaldedicadoal
proyecto en concepto de sueldos y salarios y Seguridad Socia la cargo de la empresa.

b)El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 5.000euros.

c)Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario. Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única actuación.

d)Las propuestas deberán de plantear novedad para la empresa, donde ésta de un salto cualitativo respecto a la situación de inicio, según lo descrito en el apartado primero, punto2.b.2)de la convocatoria.

e)Para la presente convocatoria s establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con los siguientes límites de gasto subvencionable por actuación:

-60.000eurosparalosCheques(Pruebas de concepto-Proyectos de I+D+i).

-30.000eurosparalosCheques(Diseño de Producto).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe del crédito disponible: 900.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas, personas físicas o jurídicas, y las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Serán subvencionables los gastos de consultoría y/o asistencia experta externa para la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, punto 2.a), de la convocatoria, cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la misma:

a.1. Cheques (Planes Estratégicos).

a.2. Cheques (Planes Tecnológicos).

a.3. Cheques (Formación de Profesionales).

a.4. Cheques (Normas).

a.5. Cheques (Asistencias para la I+D+i).

a.6. Cheques (Patentes).

a.7. Cheques (Financiación de la I+D+i).

a.7.1. Presentación a convocatorias regionales de I+D+i de ADER.

a.7.2. Presentación a convocatorias nacionales del CDTI, IDAE, u otros organismos nacionales.

a.7.3. Presentación a convocatorias para Proyectos de I+D+i con financiación por fondos europeos Next Generation EU.

a.8. Cheques (Procesos Eficientes).

a.8.1. Técnicas y herramientas Lean; Cuadro de Mando Integral; Análisis de ciclo de vida; Metodologías de gestión de proyectos.

a.8.2. Interim management de desarrollo de negocio y/o organizacional.

b) Sólo podrá subvencionarse un máximo de dos actuaciones por empresa y convocatoria, pertenezcan o no a la misma tipología de cheque, a presentar por la empresa en una o en dos solicitudes de ayuda.

A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, en el caso de los cheques de formación de profesionales se considerará una única actuación el total de los cursos o formación presentados por la beneficiaria en la solicitud.

c) Las propuestas deberán de plantear un salto cualitativo respecto a la situación de inicio. En todos los casos, las acciones a desarrollar se adecuarán a las características de la empresa, al sector al que pertenece y su casuística particular. Las propuestas también tendrán que definir y concretar el proveedor de los servicios. Asimismo, la solvencia y experiencia del proveedor se deberá justificar por cualquier medio que así lo acredite, según se detalla en los apartados 2.b.2) y 2.b.3) de la convocatoria.

d) El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 1.000 euros.

e) Se establece un tipo fijo de subvención del 50%, siempre sometido al régimen de minimis, con los siguientes límites de gasto subvencionable por actuación:

Tipología de Cheques / Importe máximo de gasto subvencionable por actuación

a.1. Cheques (Planes Estratégicos): 10.000 euros

a.2. Cheques (Planes Tecnológicos): 10.000 euros

a.3. Cheques (Formación de Profesionales): 10.000 euros

a.4. Cheques (Normas): 5.000 euros

a.5. Cheques (Asistencias para la I+D+i): 6.000 euros

a.6. Cheques (Patentes): 6.000 euros

a.7. Cheques (Financiación de la I+D+i): 4.000 euros

a.8. Cheques (Procesos Eficientes): 6.000 euros

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