Subvenciones destinadas a la promocion de la autonomia de la mujer victima de violencia de genero y se aprueban sus bases reguladoras.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S43555/12

Norma:

Orden de 29/11/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la promoción de la autonomía de la mujer víctima de violencia de género para 2012, con la finalidad de que la mujer victima de la violencia género y los menores a su cargo puedan rehacer su vida de forma independiente y alejados del círculo de la violencia.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será 12 veces el índice público de rentas de efectos múltiples mensual del año en curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La promocion de la autonomia de la mujer victima de violencia de genero.

Requisitos:

a) Haber sido usuaria de una casa de acogida de Castilla-La Mancha y haber cumplido y finalizado su proyecto individualizado de intervención en el año 2012.

b) No convivir con el agresor.

c) No percibir ingresos económicos de renta per cápita familiar, iguales o superiores a la cantidad establecida en el indicador público de renta de efectos múltiples del año en curso. La renta per cápita familiar será el resultado de dividir la renta de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen.

Para la determinación de los ingresos económicos se computarán las rentas e ingresos de que disponga o pueda disponer la solicitante de la subvención, incluidas las asignaciones económicas de la Seguridad Social por hijo o hija menor a su cargo, la renta activa de inserción, las ayudas económicas al alquiler, las ayudas de la Ley 35/1995, de ayudas y asistencias a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, y cualquier otra ayuda económica o indemnización recibida. Las rentas que no procedan del trabajo y se perciban con periodicidad superior al mes, se computarán, a estos efectos, prorrateándose mensualmente.

d) Estar empadronada en Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 236
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento