Subvenciones destinadas a la promocion de emprendedores.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00482/15

Norma:

Resolución de 31 de diciembre de 2014. Orden nº 15/2014, de 26 de diciembre. Resolución de 23 de febrero de 2015. Resolución de 8 de mayo de 2015. Orden nº 9/2015, de 8 de mayo. Resolución de 9 de marzo de 2016. Resolución de 10 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de noviembre de 2017. Gastos realizados desde 1 de enero de 2017 hasta publicación: Hasta el 28 de abril de 2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la primera convocatoria 2017 de las subvenciones destinadas a la promoción de emprendedores en régimen de concesión directa.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe mínimo del proyecto a subvencionar, de conformidad con los gastos e inversiones subvencionables y con las limitaciones establecidas en los apartados anteriores, deberá ser igual o superior a 4.000 euros.

El importe máximo del proyecto a subvencionar, de conformidad con los gastos e inversiones subvencionables y con las limitaciones establecidas en los apartados anteriores, será como máximo de 60.000 euros.

Beneficios:

La intensidad de ayuda será del 35% de los gastos e inversiones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas, desempleadas o en activo, que se constituyan como empresario individual, tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en La Rioja y reúnan la condición de nueva empresa emprendedora en los términos que se exponen en el apartado 8.2.

b) Las nuevas sociedades que se constituyan en La Rioja, que tengan tanto el domicilio fiscal como el centro de trabajo en La Rioja, y reúnan la condición de nueva empresa emprendedora en los términos que se exponen en el apartado 8.2.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos de creación y constitución de la empresa.

Inversión en activos fijos.

Nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.

Diseño relacionado con la puesta en marcha de la iniciativa empresarial.


Requisitos:

La actividad de los solicitantes habrá de estar encuadrada en alguno de las siguientes
actividades recogidas en los epígrafes de la CNAE-2009:

Sección A Exclusivamente las siguientes divisiones:

División 02 Silvicultura y explotación forestal.

División 03 Pesca y acuicultura.

Sección B Industrias extractivas.

Sección C Industria manufacturera.

Sección E Exclusivamente las siguientes divisiones:

División 38 Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.

División 39 Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

Sección F Exclusivamente las siguientes divisiones:

División 42 Ingeniería civil.

División 43 Actividades de construcción especializada.

Sección G Exclusivamente las siguientes divisiones:

División 45 Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas, excepto comercio al por menor.

División 46. Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.

Clase 47.91. Comercio al por menor por correspondencia o internet.

Sección H Transporte y almacenamiento.

Sección I Exclusivamente los siguientes grupos:

Grupo 56.1 Restaurante y puestos de comidas (excepto las cafeterías).

Grupo 56.2 Provisión de comidas preparadas para eventos y otros servicios de comidas.

Sección J Información y comunicaciones.

Sección K Exclusivamente la siguiente división:

División 66. Actividades auxiliares a los servicios financieros y de seguros.

Sección M Actividades profesionales, científicas y técnicas.

Sección N Actividades administrativas y servicios auxiliares.

Sección P Educación.

Sección Q Actividades sanitarias y de servicios sociales.

Sección R Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.

Sección S Exclusivamente las siguientes divisiones:

División 96 Otros servicios personales.

Documentos asociados

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