Subvenciones destinadas a la promocion de actividades en relacion con el turismo en la naturaleza - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S31119/10

Norma:

Orden 11/2010, de 29 de abril. Resolución nº 296/2010, de 19 de mayo. Resolución nº 133/2011, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El diseño y puesta en marcha de una oferta integral, diversa y especializada, a partir del desarrollo de productos turísticos específicos que conforman el turismo de la naturaleza, de salud, de montaña, deportivo, de aventura, enoturismo, ecoturismo, agroturismo, etc, adecuando los productos turísticos tradicionales a las tendencias actuales de la demanda, apoyando la aparición de nuevos productos turísticos o promoviendo el desarrollo de productos específicos.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En actividades el importe global podrá alcanzar hasta un máximo del 50 por ciento de los gastos estimados como subvencionables, no pudiendo exceder en ningún caso de la cantidad de 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas innovadoras que lleven a cabo las actuaciones subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables con carácter general:

a) Las actividades de promoción de la oferta turística, de la Comunidad Autónoma de La Rioja, actuando sobre recursos turísticos existentes o sobre nuevos productos, así como el material promocional de los servicios prestados por la propia empresa.

b) La organización de viajes combinados que tengan como destino La Rioja de conformidad con la legislación vigente. En esta actividad podrán subvencionarse parcialmente el coste, entre otros gastos, de publicidad, transporte y alojamiento, con la finalidad de realizar viajes promocionales que contribuyan a consolidar el desarrollo del producto.

c) La organización de visitas o excursiones que teniendo como destino esta Comunidad Autónoma no esté dentro de los denominados “viajes combinados”, tengan o no su origen en La Rioja. En esta actividad se podrán subvencionar parcialmente, entre otros gastos, los de publicidad, transporte y alojamiento, con la finalidad de realizar viajes promocionales que contribuyan a consolidar el desarrollo del producto.

Se consideran gastos subvencionables:

a) Los gastos notariales y registrales directamente relacionados con la actividad subvencionada.

b) Los gastos de asesoría jurídica y financiera.

c) Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los haya abonado efectivamente.

d) Los gastos de redacción de proyectos y dirección de obra, en inversiones.

Requisitos:

a) Los beneficiarios están obligados a dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de la subvención en la forma que se establezca en la normativa reglamentaria vigente sobre identidad corporativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

b) Todas las demás señaladas en la normativa vigente en materia de subvenciones, y en concreto las especificadas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/06/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 70
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 04/04/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 44
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento