Subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Código de ayuda:

S36882/23

Norma:

ORDEN AGR/1158/2023, de 2 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Castilla y León,
contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 (PEPAC).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas reguladas en este capítulo, las personas físicas jurídicas, las comunidades de bienes, así como las unidades económicas sin personalidad jurídica titulares de una explotación agraria de titularidad compartida que reúna los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida, que realicen las operaciones, actividades e inversiones
subvencionables establecidas

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Intervención 6841.1 «Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal».

b) Intervención 6841.2 «Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias».

c) Intervención 6961.1 «Establecimiento de personas jóvenes agricultores».

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro de explotaciones agrarias de Castilla y León (Reacyl) a nombre del solicitante como mínimo un año antes de la solicitud de ayuda, excepto en el caso de jóvenes que simultáneamente a su establecimiento presenten un plan medioambiental o de
mejora de su explotación y de las personas jurídicas y unidades económicas sin personalidad jurídica en proceso de constitución, formadas como consecuencia del establecimiento de titulares que cumplan todos los requisitos de acceso a las ayudas contempladas en el Capítulo III.

b) Acreditar su viabilidad económica conforme a lo definido en el artículo 3.

c) Acreditar la condición de agricultor activo conforme a lo establecido en el Titulo II, Capítulo I. Agricultor activo, del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y con la Seguridad Social.

e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3 y 3.bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Conforme a lo establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y para subvenciones de importe superior a 30.000 €, los solicitantes incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por
la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán ser beneficiarios aquellos que no acrediten el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la citada ley, en el momento de la solicitud de ayuda.

f) Si el solicitante es una persona física, persona jurídica o entidades sin personalidad jurídica (comunidad de bienes o unidad económica sin personalidad jurídica titular de una explotación agraria de titularidad compartida), que tenga la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento
de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de los criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. La acreditación del cumplimiento de este requisito se justificará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, en la orden de convocatoria y en la resolución de concesión.

g) Cumplir las obligaciones del beneficiario establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

h) El tiempo dedicado a actividades no agrarias, por el titular de la explotación, o por los socios que aportan trabajo en el caso de entidades asociativas, deberá ser inferior a 960 horas anuales.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 193
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento