Subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias.

Código de ayuda:

S68164/21

Norma:

Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre. ORDEN de 22 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de enero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar aquellas actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se destinan créditos por importe global de ochenta y cinco mil (85.000,00) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias y que cumplan los requisitos exigidos a cada uno de ellos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, y en el resuelvo cuarto de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se convocan de manera anticipada al ejercicio 2022, las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Prestar información y asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores a través de:

Contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores en la sanidad apícola, lucha contra agresores de la colmena y a nivel de laboratorio, así como el asesoramiento global en la producción.

b) Luchar contra las agresiones y enfermedades de las colmenas, en particular contra la varroosis: 90% de la dotación presupuestaria (76.500,00 euros). Destinando el crédito al primer tratamiento y si el crédito es suficiente al segundo tratamiento.

c) La racionalización de las trashumancias: 4% de la dotación presupuestaria (3.400,00 euros). No obstante, el crédito previsto para cada una de las actuaciones señaladas en los apartados anteriores, que no se agote en su totalidad, se distribuirá entre el resto de actuaciones respetando el mismo porcentaje de reparto.

Requisitos:

Podrán acogerse a las subvenciones que se convocan, los peticionarios que reúnan además de los requisitos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, los siguientes:

a) Estar correctamente inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, y sus datos debidamente actualizados, con fecha anterior al 1 de marzo de 2022, según lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas, en los términos previstos en la Orden de 20 de marzo de 2018, por la que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (BOC nº 59, de 23.3.2018).

b) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

c) Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.

d) Que se cumpla por los facultativos intervinientes en la aplicación del programa sanitario de lucha contra la varroosis lo dispuesto en el Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, y en concreto, lo previsto en sus artículos 85 y 86 respecto a la dispensación de medicamentos veterinarios.

Documentos asociados

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