Subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo, y se atribuye a las empresas de inserción de la Comunitat Valenciana la ejecución del servicio de reintegración en el mercado laboral de grupos vulnerables.
Código de ayuda:
S15764/25Norma:
RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene por objeto establecer un programa de subvenciones destinadas a promover y facilitar la reintegración en el mercado laboral y la protección e inclusión social de grupos vulnerables (la integración sociolaboral de personas en situación de exclusión social) dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como subvenciones a las promotoras de las empresas de inserción para la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral que apoye al personal en situación de exclusión social contratado por sus empresas de inserción, y subvenciones a las empresas ordinarias que contraten personal procedente de empresas de inserción.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente resolución son:1. Las empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y que, habiendo sido
calificadas con carácter definitivo por Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, contraten personas trabajadoras en situación de exclusión social, para todas las subvenciones reguladas en el apartado 1 de la base 2ª del presente Anexo de la resolución.
2. Las empresas promotoras de las empresas de inserción, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 3 de la Ley 1/2007, de 5 de febrero, en relación con el artículo 6 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, que contraten personal técnico de apoyo sociolaboral, para las subvenciones reguladas en el apartado 2 de la base 2ª del presente anexo.
3. Las empresas ordinarias que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y contraten personal que haya realizado su itinerario de inserción en una empresa de inserción, para las subvenciones reguladas en el apartado 3 de la base 2ª del presente anexo.
En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda realizar las actuaciones que darían derecho a las subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Subvención destinada a financiar los costes salariales para la creación o mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas en situación de exclusión social2. Subvenciones para financiar los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación o
mantenimiento de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción
3. Subvención para financiar los costes salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación o
mantenimiento de personal de apoyo a la actividad productiva en empresas de inserción
4. Subvención para financiar gastos para la puesta en marcha de las empresas de inserción
5. Subvenciones a la creación de nuevos puestos de trabajo vinculado a inversión fija
6. Subvención de los costes salariales de la gerencia de empresas de inserción
Documentos asociados
Boletín:
04/06/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10123
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10123
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