Subvenciones destinadas a la insercion sociolaboral en empresas de insercion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S37937/14

Norma:

Orden HAC/32/2014, de 22 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar para el ejercicio 2014 la convocatoria de subvenciones destinadas a promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social dentro de las empresas de inserción, como paso previo a la inserción definitiva en la empresa ordinaria.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de contratación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de inserción inscritas como tales en el Registro de empresas de Inserción de Cantabria, en los términos establecidos en el Decreto 14/2013, de 11 de abril, por el que se crea y regula el Registro de Empresas de Inserción de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La contratación de personas en situación o en riesgo de exclusión social, o el mantenimiento de sus puestos de trabajo, consistente en 6.000 euros por la contratación de un trabajador a jornada completa por el período de un año, así como 3.000 euros por el mantenimiento del puesto durante el segundo año y 3.000 euros por el mantenimiento del puesto durante el tercer año, no resultando subvencionables para un mismo trabajador períodos superiores a tres años, salvo si se dan las condiciones previstas en el apartado 3 del artículo 15 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.

Las cuantías de la subvención recogidas en el párrafo anterior se refi eren a la contratación
de un trabajador a jornada completa por el período de un año. Todas las ayudas serán proporcionales para contratos inferiores a un año, siempre y cuando se trate de una contratación igual o superior a 6 meses, y para contratos a tiempo parcial, en cuyo caso la jornada diaria o semanal deberá ser igual o superior a la mitad de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

La contratación de personas en situación o en riesgo de exclusión social objeto de la presente
ayuda deberá mantenerse, con el límite de tres años máximo establecido en el párrafo anterior, hasta la consecución del objetivo principal, consistente en la inserción sociolaboral del trabajador, resultando imprescindible para la extinción de los contratos, informe previo de
los servicios sociales competentes, tanto en el caso de extinción por expiración del plazo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, como de extinción por cualquier otra de las causas reguladas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

2. La contratación de técnicos de inserción como personal de apoyo sociolaboral para el
acompañamiento en el puesto de trabajo y para la realización del proceso de inserción sociolaboral en la empresa de inserción.

Dicha ayuda consistirá en 10.000 euros por la contratación, por un período de hasta doce
meses, de cada trabajador de apoyo que atienda, como mínimo, a 6 trabajadores en situación
o riesgo de exclusión social, a jornada completa. En caso de atención a un número de trabajadores inferior a 6 o con jornadas a tiempo parcial, o por duración de la contratación inferior a un año, la subvención se reducirá de forma proporcional.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento