Subvenciones destinadas a la incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas u otras entidades. 2ª Convocatoria 2006.

Código de ayuda:

S59528/05

Norma:

Orden de 19 de diciembre de 2005. ORDEN de 28 de septiembre de 2006. Orden de 7 de agosto de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La incorporación de personas doctoradas y tecnólogas a empresas u otras entidades.


Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria de subvenciones las empresas, organismos intermedios, centros de investigación y desarrollo, centros tecnológicos y oficinas de transferencia de resultados de investigación que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

a) Que cuenten, al menos, con un centro de trabajo al que vaya a adscribirse el doctor/a o tecnólogo/
a contratado mediante las ayudas de esta convocatoria, ubicado en Canarias.

b) Que se trate de empresas o centros que deseen iniciar un proyecto de I + D + I o reforzar una línea de I + D + I ya existente.

c) Que, en el caso de empresas, las subvenciones se apliquen para llevar a cabo actividades de I + D adicionales respecto de las que habitualmente venga realizando la empresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Primera convocatoria 2006:
El período válido para la contratación de las personas objeto de la subvención se iniciará a partir del 1 de enero de 2006.

Segunda convocatoria 2006:
Se subvencionarán los gastos efectuados a partir de la publicación de la presente 2ª convocatoria: 10 de octubre de 2006.
Excepcionalmente, para aquellos casos debidamente justificados y aceptados expresamente, podrá aceptarse a partir del 13 de junio de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2003
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 159
Documento: Bases Reguladoras 2003-2006 Descargar Documento
Boletín: 29/12/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 254
Documento: Convocatoria anticipada 2006 Descargar Documento
Boletín: 10/10/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 198
Documento: 2ª Convocatoria 2006 Descargar Documento