Subvenciones destinadas a la implantación de desecherías para el tratamiento de los residuos municipales.

Código de ayuda:

S15446/22

Norma:

RESOLUCIÓN ACC/688/2022, de 10 de marzo. RESOLUCIÓN ACC/3113/2022, de 4 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Implantar y mejorar de desecherías para la gestión de residuos municipales, de acuerdo con las actuaciones previstas seguidamente y según lo que se describe en la Guia de deixalleries 2021 que está disponible en el web de la Agencia de Residuos de Cataluña:

http://residus.gencat.cat/ca/ambits_dactuacio/valoritzacio_reciclatge/instal_lacions_de_gestio/deixalleries

Se entiende el centro de reciclaje como centro para la recepción y almacenaje selectivos de residuos
municipales que no son objeto de recogida domiciliaria, de acuerdo con las tipologías definidas a la Guia de deixalleries 2021.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Estas ayudas tienen como beneficiarios los entes locales de Cataluña, titulares del servicio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los proyectos de construcción de nuevas instalaciones que den servicio principalmente
a habitantes que actualmente no lo puedan tener y que les permita una mejora y aproximación del servicio
existente.

En el caso de ampliación, mejoras estructurales y equipamiento auxiliar de desecherías existentes, las
ayudas incluyen las actuaciones que garantizan la accesibilidad, la buena gestión de los residuos, la seguridad y prevención de riesgos y adaptaciones a la normativa vigente. La finalidad es ofrecer un mejor servicio con las instalaciones existentes.

Se considerarán y valorarán detalladamente las actuaciones y mejoras en las desecherías destinadas
específicamente al pretratamiento de residuos voluminosos y también el almacenaje de residuos de
fibrocemento, según lo que prevé la Guia de deixalleries 2021.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) Declarar si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas por la misma actividad,
haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) En el caso de entes locales con una plantilla igual o superior a 25 personas, indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en los centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

e) Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 9, 10, 11 y 35 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

f) Cumplir la normativa vigente de integración de personas discapacitadas en materia de procesos de selección de personal.

g) Los solicitantes deben respetar lo que establece la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

h) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias
porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de
género.

i) En caso de resultar beneficiario de una subvención por importe superior a diez mil euros (10.000,00 €), comunicar a la Agencia de Residuos de Cataluña, en el momento de la justificación, la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de dar cumplimiento al artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

j) Dar cumplimiento a la actualización de datos y la información sobre gestión de residuos municipales del informe anual en el sistema informático SDR de la Agencia de Residuos de Cataluña.

k) En el caso de instalaciones existentes donde se realicen ampliaciones y/o mejoras, la instalación tendrá que estar inscrita en el Registro general de personas productoras de residuos.

l) Rellenar el formulario técnico normalizado de la solicitud y acompañarlo de la documentación prevista en el apartado 9, documentación que hay que aportar. Este formulario está a disposición de los solicitantes a la extranet de las administraciones catalanas EACAT (http://eacat.cat).

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8627
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/10/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8774
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento