Subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

Código de ayuda:

S36382/21

Norma:

DECRETO 78/2021, de 30 de junio. Resolución de 26 de mayo de 2022. RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Línea 1: Hasta el 26 de septiembre de 2022. Línea 2: Hasta el 17 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones de la “Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa Crisol-Formación” previstas en el capítulo I y la sección tercera del capítulo II del Decreto 78/2021, de 30 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Crisol-Formación y la primera
convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas será de 5.852 euros por cada contratación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines la promoción de empleo o la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios a ejecutar en el ámbito territorial de la localidad del proyecto y presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al artículo 2.1 del decreto.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La entidad deberá manifestar, mediante certificación del representante legal, la solvencia económica para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 129
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 07/07/2021
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 129
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 16/06/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 115
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/06/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 115
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 155
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) : Linea 1 Descargar Documento
Boletín: 11/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 155
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos : Línea 1 Descargar Documento
Boletín: 19/08/2022
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 160
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento