Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.

Código de ayuda:

S09328/26

Norma:

ORDEN de 29 de junio de 2020. RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 19.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la subvención es la financiación de proyectos técnicos de “Ciudades saludables y Sostenibles” realizados por los municipios y las mancomunidades, en los términos establecidos en las líneas estratégicas previstas en el anexo II de la resolución de convocatoria y dentro del marco de las directrices europeas vigentes Salud 2026.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención podrá financiar hasta el 90% del importe solicitado.
La cuantía máxima de la subvención será de 19.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

a) Los municipios con una población inferior a 50.000 habitantes según los datos del último padrón municipal que conste en el Instituto Nacional de Estadística el año 2026.

b) Las mancomunidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Gastos derivados de la contratación del personal cualificado para la ejecución del proyecto técnico “Ciudades Saludables y Sostenibles”.

— En el caso de que la entidad beneficiara sea una mancomunidad, se podrán incluir los gastos de desplazamiento de este personal a las diferentes localidades que la integran para la realización de las actividades del proyecto.

— Estos desplazamientos deberán estar debidamente acreditados, especificando los motivos y fechas de realización conforme al anexo III de esta resolución. Para el abono de estos gastos se tendrá en cuenta lo dispuesto en la normativa vigente en materia de indemnizaciones por razón del servicio.

Requisitos:

— Que se haga constar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados.

— Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 22893
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/03/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 11292
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 26/03/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 11327
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento