Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de formación en alternancia con el empleo-Garantía Juvenil, cofinanciadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.

Código de ayuda:

S46628/20

Norma:

Resolución de 21 de agosto de 2020. Resolución de 2 de octubre de 2020. Resolución de 17 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones es financiar la ejecución en Canarias de los PFAE-GJ, para la mejora de la empleabilidad de las personas, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, que presenten mayores dificultades de inserción, inscritas como demandantes de empleo en el SCE, mediante la adquisición de las aptitudes y competencias profesionales necesarias, de manera que sea posible su incorporación al mercado laboral de forma estable y duradera en el tiempo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán desarrollar PFAE-GJ, en el marco de la presente Resolución, y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la misma, las siguientes entidades que dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficiente, y que sean competentes para la ejecución de las obras o la prestación de los servicios de utilidad pública e interés social a desarrollar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias:

1.1. Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos, de la Administración del Estado y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1.2. Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales, cuya titularidad corresponda íntegramente a las mismas, incluidas las sociedades mercantiles locales.

1.3. Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria.

1.4. Consorcios dotados de personalidad jurídica a que se refieren los artículos 118 de la LRJSP y el artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

1.5. Corporaciones de Derecho Público.

1.6. Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias entre cuyos fines estén la formación y el empleo.

Requisitos:

• Estar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en el SCE.

• Cumplir los requisitos requeridos para poder acceder al certificado de profesionalidad que se vaya a desarrollar.

• Estar inscritas en el Registro del Sistema Nacional de Garantía Juvenil e inclusión en la lista única de demanda. Para ello deben cumplir los requisitos requeridos por el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) establecidos en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

En caso de que algún joven seleccionado para participar en el PFAE-GJ, que cumpliera los requisitos y haya solicitado la inscripción en el SNGJ, no consiguiera dicha inscripción, ello no supondría para las entidades beneficiarias de la subvención un incumplimiento de las condiciones impuestas en las presentes bases.

• Para ser persona destinataria será necesario, además de la inscripción en el Registro e inclusión en la lista única de demanda, el mantenimiento, con carácter previo al inicio de la acción a recibir, de los requisitos establecidos en el artículo 105.1 de la citada Ley 18/2014.

Documentos asociados

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