Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y con la negociación colectiva.
Código de ayuda:
S00946/26Norma:
ORDEN de 22 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la propia convocatoria de ayudas que concederá la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales con representación en la Comunidad Autónoma de Galicia para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, de acuerdo con la Orden TES/1079/2022, de 10 de noviembre, que modifica la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio (códigos de procedimiento TR807K y TR807L).Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor
GaliciaConvoca:
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
Detalle beneficiarios:
a) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (línea 1):1º. Las organizaciones sindicales de carácter intersectorial que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de cualquiera de esos fines.
2º. Las organizaciones empresariales de carácter intersectorial que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de cualquiera de esos fines.
b) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia (línea 2): Las organizaciones sindicales y empresariales que participan en dicho ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de aquellos fines.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea 1 (código de procedimiento TR807K). Planes de formación, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales previstas en el artículo 5.1.a) de esta orden. Las actividades formativas podrán ser:– Cursos de formación cuyo contenido esté relacionado con el diálogo social y la negociación colectiva.
– Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.
– Encuentros internacionales que cuenten con personal experto de otras nacionalidades para tener un intercambio de información sobre el diálogo social y la negociación colectiva en distintos países.
– Paneles, foros y talleres de personal experto que comparta información sobre buenas prácticas en diálogo social y negociación colectiva de los distintos sectores.
b) Línea 2 (código de procedimiento TR807L). Planes de formación, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales previstas en el artículo 5.1.b) de esta orden. Las actividades formativas podrán ser:
– Cursos de formación cuyo contenido esté relacionado con la negociación colectiva.
– Jornadas, seminarios, ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con la negociación colectiva.
– Encuentros nacionales o internacionales que cuenten con personal experto de otras comunidades autónomas o nacionalidades para tener un intercambio de información sobre la negociación colectiva en distintos ámbitos territoriales.
– Paneles, foros y talleres de personal experto que compartan información sobre buenas prácticas en negociación colectiva de los distintos sectores.
Documentos asociados
Boletín:
15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín:
15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
