Subvenciones destinadas a la financiación de los proyectos incluidos en la inversión 4 Emprendimiento y microempresas, del componente 23 Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo.

Código de ayuda:

S53037/22

Norma:

ORDEN IEM/1093/2022, de 26 de agosto. Resolución de 30 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2022 a las 14.00 h.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los proyectos incluidos en la inversión 4 «Emprendimiento y Microempresas», del componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la comunidad de Castilla y León, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin.

Constituye uno de los proyectos incluidos en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision–CID), de 13 de julio de 2021.

Conforme a lo anterior se establecen dos líneas de subvenciones, Programa I y Programa II, que tienen por objeto el mantenimiento del empleo en microempresas y en trabajadores por cuenta propia, durante un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud, siempre que tengan domicilio fiscal en Castilla y León. A su vez, el beneficiario debe llevar a cabo una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital y respetuosa con el medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será de un máximo de 5.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Programa I: Aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomos, personas físicas, con o sin trabajadores asalariados, que a fecha de presentación de la solicitud estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, tengan su domicilio fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y tengan un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.

Programa II: Aquellas microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y sociedades civiles, que cuenten con menos de diez trabajadores asalariados, tengan un volumen de negocio inferior a dos millones de euros y su domicilio fiscal se encuentre en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

Requisitos:

Para los beneficiarios del programa I.

a) Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a fecha de presentación de solicitud.

b) Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

d) Que haya realizado una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.

e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

Para los beneficiarios del programa II.

a) Tener la consideración de microempresa, conforme a lo establecido en el apartado 1 de la base 2ª.

b) Tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

d) Que haya realizado una actuación o una inversión que facilite la transición de su actividad productiva hacia una economía digital o respetuosa con el medio ambiente dentro del periodo del 1 de enero de 2021 al 15 de noviembre de 2022.

e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, conforme el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.

Documentos asociados

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