Subvenciones destinadas a la financiación de los Proyectos Singulares (SOC-SINGULARES).

Código de ayuda:

S63546/22

Norma:

ORDEN EMT/236/2022, de 27 de octubre. RESOLUCIÓN EMT/3485/2022, de 7 de noviembre. RESOLUCIÓN EMT/2420/2023, de 26 de junio. RESOLUCIÓN EMT/3015/2023, de 29 de agosto. RESOLUCIÓN EMT/2655/2024, de 15 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto abrir la convocatoria para el año 2024, para la presentación de solicitudes para la concesión de las subvenciones previstas en la Orden EMT/236/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Proyectos Singulares, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya el 2 de noviembre de 2022 (DOGC núm. 8784).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Entes locales y sus entidades dependientes o vinculadas. En caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad pública y quiera ejecutar las actuaciones mediante entes instrumentales, debe indicar la entidad que actúa como medio propio de la entidad beneficiaria. El ente instrumental debe tener recogido, expresamente en la norma que lo crea o en sus estatutos, que tiene la condición de medio propio y servicio técnico de la entidad beneficiaria, de acuerdo con lo que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

b) Organizaciones sindicales y patronales.

c) Entidades de titularidad pública o privada con centro de trabajo en Catalunya.

d) Persona física empresaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Orientación y acompañamiento.

b) Formación profesionalizadora del Catálogo de Especialidades formativas. Las acciones formativas subvencionables son las vinculadas a las especialidades conducentes a la obtención de certificados profesionales y las especialidades no conducentes a la obtención de certificados.

b.1) Las especialidades conducentes a la obtención de certificados profesionales se pueden programar de manera parcial, siendo el módulo formativo la unidad formativa mínima que se puede programar y por la que se puede solicitar la subvención.

b.2) Las especialidades formativas no conducentes a la obtención de certificados profesionales se deben programar completas. b.3) Se pueden solicitar módulos formativos de diferentes certificados profesionales o que combinen una especialidad no conducente a un certificado profesional y otros módulos formativos pertenecientes o no a la misma familia profesional.

b.4) La base 5.1.2.a del anexo I de la Orden EMT/236/2022, de 27 de octubre, determina que la correspondiente convocatoria debe fijar las formaciones de carácter complementario a ofrecer. Para esta convocatoria, se debe programar y ofrecer de manera obligatoria la formación complementaria relativa a sensibilización medioambiental e igualdad de género, de 10 horas, y la formación complementaria básica de prevención de riesgos laborales, de 30 horas. En caso de que el programa formativo no la incorpore dentro de su temario, se debe solicitar y homologar previamente en la solicitud de subvención las especialidades FCOO03 y FCOS02, respectivamente.

b.5) Las acciones formativas podrán impartirse en modalidad presencial, teleformación y mixta según lo que se especifique en la correspondiente normativa específica reguladora.

c) Prospección.

Requisitos:

a) Ser participante de un proyecto Singular 2022, regulados por la convocatoria EMT/3485/2022 de 7 de
noviembre de 2022.

b) Ser personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años en el momento de incorporarse al
proyecto Singular.

c) Estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Empleo de Cataluña como personas demandantes de empleo y con capacidad para formalizar un contrato de trabajo.

d) Cumplir los requisitos que exija la modalidad del contrato de trabajo que se suscriba de entre los tipos de contrato vigentes.

Todos los requisitos y las condiciones se deben poder acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato. El Servicio Público de Empleo comprobará, de oficio, el cumplimiento de las condiciones que exige esta base, de manera previa al otorgamiento de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2022
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9790
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