Subvenciones destinadas a la elaboración de instrumentos de Planeamiento Urbanístico.
Código de ayuda:
S52000/05Norma:
DECRETO FORAL 143/2005, de 18 de octubre. DECRETO FORAL 20/2006, de 14 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de las subvenciones destinadas a financiar los gastos de elaboración de los instrumentos de planeamiento urbanístico realizados por los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia mediante contrato administrativo de consultoría y asistencia.Las correspondientes convocatorias determinaran los específicos tipos o clases de instrumentos urbanísticos para los que se promueven las ayudas.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la determinación del importe de la subvención se utilizará como referencia el precio de adjudicación de los contratos de consultoría y asistencia suscritos por los Ayuntamientos para la elaboración de los instrumentos de planeamiento objeto de ayuda.La cuantía de la subvención será la cifra que resulte de sumar las siguientes cantidades:
a) La parte del precio de adjudicación que, conforme a las condiciones de pago y ejecución contractuales, se prevea realizar durante el año al que se refiera la convocatoria.
b) El importe de los trabajos certificados o facturados en ejercicios anteriores al de la convocatoria, que no hubieran sido subvencionados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia en los que no concurran ninguna de las circunstancias prohibitivas contenidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el Régimen Jurídico General de las Subvenciones otorgadas por la Administración Foral.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán acceder a las ayudas los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia que tengan formalizado un contrato administrativo de consultoría y asistencia para la elaboración de alguno de los instrumentos urbanísticos siguientes:a) Planes Generales y sus revisiones, en todas sus fases.
b) Normas Subsidiarias y sus revisiones, en todas sus fases.
c) Planes Especiales destinados a desarrollar infraestructuras o equipamientos de carácter público.
d) Planes Especiales de Reforma Interior para regenerar zonas urbanas degradadas, en los que se prevea inversiones públicas.
e) Estudios de evaluación conjunta de impacto ambiental, exigibles de acuerdo con el Decreto del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente 183/2003, de 22 de julio.
Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades siguientes:
a) Los trabajos o estudios complementarios que no resulten exigibles de acuerdo con lo dispuesto en la legislación urbanística.
b) Los trabajos que tengan por objeto la modificación de algunos de los instrumentos de planeamiento subvencionables.
c) Los trabajos realizados por la Administración municipal a través de su propio personal o de sus servicios.
Documentos asociados
Boletín:
27/10/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 205
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
11/11/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 215
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
23/02/2006
BO Provincia de Vizcaya- Nº 38
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento
BO Provincia de Vizcaya- Nº 38
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento