Subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código de ayuda:

S46946/22

Norma:

Orden IND/51/2022, de 8 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022 o por agotamiento del crédito.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.246

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar las subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, destinadas al refuerzo de la conectividad a velocidades de 1 Gbps, en centros públicos de referencia y para el refuerzo de las redes de comunicaciones electrónicas de los propios centros públicos de referencia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima de la ayuda no podrá superar el 100 % por ciento de los costes subvencionables que consten en las facturas, sin incluir el Impuesto sobre el Valor añadido, con un límite por actuación de 15.246 euros. La cantidad restante hasta el coste total de la actuación será asumida por el ayuntamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los ayuntamientos de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean necesarios para la realización las siguientes líneas de actuación:

Línea de actuación 1: Proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en los centros públicos de referencia.

Línea de actuación 2: Instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada centro público de referencia.

Se consideran inversiones y gastos subvencionables, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 83 del Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, los siguientes conceptos:

a) Redacción y dirección del proyecto (incluyendo la preceptiva dirección facultativa de los proyectos y coordinación de seguridad y salud en las fases de ejecución).

b) Infraestructuras y obra civil.

c) Equipamiento y otros materiales.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 142
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/07/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 142
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento