Subvenciones destinadas a la edición de publicaciones relacionadas con la mujer.

Código de ayuda:

S12082/05

Norma:

Orden TAS/715/2005, de 9 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la edición de publicaciones relacionadas con la mujer y mediante ella se convoca su concesión en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las/os editoras/es, bien sean personas físicas o jurídicas, que vayan a editar obras relacionadas con la mujer.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La edición de publicaciones relacionadas con la mujer.

Se excluye de la presente convocatoria de concesión de subvenciones, la edición de las siguientes obras:
a) Novela, poesía y teatro, excepto obras literarias escritas por mujeres, que vayan acompañadas de un estudio sobre la obra o biografía de dichas autoras, que suponga, como mínimo, el veinte por ciento del conjunto de la publicación.
b) Libros a publicar por instituciones públicas, aun cuando sean editados por encargo a través de editoriales de carácter privado.
c) Libros a publicar por entidades sin ánimo de lucro.
d) Libros de texto para la enseñanza, las obras de fascículos o separatas, los editados por sus autores/as, los anuarios y publicaciones periódicas.
e) Las reimpresiones.

Requisitos:

a) En el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas en la fecha de publicación de la presente Orden de Convocatoria.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Instituto de la Mujer.
d) Tener una experiencia editorial de, al menos, dos años ininterrumpidos
e) Los títulos propuestos deberán tener una tirada mínima de 1200 ejemplares y ser primeras ediciones, o bien reediciones de títulos cuya última edición date de más de veinticinco años.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento