Subvenciones destinadas a la contratación por parte de empresas y entidades de personas jóvenes en situación de desempleo, residentes y empadronadas en Riells i Viabrea en el marco del Programa Riells y Viabrea Acción laboral.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S16246/14

Norma:

Riells i Viabrea, 26 de març de 2014.

Plazo de Solicitud:

Finalizará en la finalización del programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las subvenciones que otorgue el ayuntamiento de Riells y Viabrea a empresas y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en el municipio de Riells i Viabrea oa las poblaciones vecinas que contraten personas en situación de desempleo residentes y empadronadas en la población de Riells i Viabrea en el marco del programa Riells y Viabrea Acción Laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Riells i Viabrea (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estar al corriente de pagos tributarios con el Estado, la COSTE LABORAL MENSUAL MÁXIMO SUBVENCIONABLE

Subvención máxima:

Equivalente al 75% del SMI vigente 2014, mínimo 25 horas semanales.

Colectivo:

Personas de 18 a 29 años.

SMI 2014: € 645,30

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas y las entidades sin ánimo de lucro con domicilio social, delegación o centro de trabajo en Riells i Viabrea o en sus poblaciones vecinas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Fomentar el desarrollo económico y el empleo mediante el otorgamiento de ayudas económicas a empresas y entidades para la contratación de personas en situación de desempleo, residentes y empadronadas en la población de Riells y Viabrea que participan de las acciones para la mejora de la empleabilidad del programa Riells y Viabrea Acción laboral.

Requisitos:

- Estar al corriente de pagos tributarios con el Estado , la Tesorería General de la Seguridad Social y la Generalidad de Cataluña.

- No ser deudores por concepto en el ayuntamiento de Riells y Viabrea y / o del municipio donde estén radicados .

- No haber tramitado ningún expediente de regulación de empleo ( ERE ) en los 3 meses anteriores a la solicitud de subvención .

- No haber despedido personal de manera improcedente en los 3 meses anteriores a la solicitud de subvención .

- No haber sido sancionada la empresa o entidad , en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de personas con disminución o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social , aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

- Disponer de un sistema de organización y gestión de la prevención de acuerdo con la Ley 31/1995 , de prevención de riesgos laborales ; el Real Decreto 39 /1997, de 1 de enero , por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención ; así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54 /2003, de 12 de diciembre , de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales .

- No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38 /2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones .

- Cumplir con la cuota de reserva para la integración social de personas discapacitadas , establecida por la legislación vigente , o aplica las medidas alternativas de acuerdo con el Real Decreto 364/2005 , de 8 de abril , y el Decreto 246/2000 , de 24 de julio .

- Cumplir con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y con la adopción de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo prevé la Ley orgánica 3/2007 , de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres .

- En caso de tener 25 o más trabajadores / as incluir, de acuerdo con los agentes sociales , medios que para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en el centro de trabajo .

- Declaración de no incurrir en los supuestos del artículo 90 bis y 92.bis del Decreto legislativo 3 /2002. de 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6608
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento