Subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación eneuskera (Convocatoria Hedabideak).

Código de ayuda:

S17519/07

Norma:

ORDEN de 14 de febrero de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación,
desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera (Convocatoria Hedabideak).

Esta convocatoria tendrá en cuenta la actividad realizada por los medios de comunicación objeto de subvención durante el año 2007, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Esta convocatoria de subvenciones está dirigida a todas aquellas personas jurídicas privadas que, provistas
de la personalidad jurídica necesaria y, al mismo tiempo, estén inscritas en el correspondiente registro,
sean propietarias de los medios de comunicación que se mencionan en el artículo 4.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estos son, ordenados por grupos, los medios de comunicación y publicaciones periódicas que podrán ser
objeto de subvención:

1.– Grupo A: prensa diaria impresa íntegramente en euskera: diarios que se distribuyen en todo el ámbito geográfico del euskera y diarios que se distribuyen en determinados municipios o comarcas.

2.– Grupo B: revistas impresas íntegramente en euskera.
– Subgrupo B1: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.
– Subgrupo B2: revistas de información general, distribuidas en un municipio o comarca concreta.

3.– Grupo C: suplementos íntegramente en euskera de diarios que utilizan principalmente el castellano.

4.– D: radios que, disponiendo de las correspondientes autorizaciones, emiten parcialmente o íntegramente en euskera a través de las ondas.

5.– E: televisiones que parcialmente o íntegramente emiten en euskera.

6.– F: medios de comunicación de Internet y agencias de noticias:
– Diarios y revistas íntegramente en euskera.
– Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.
– Agencias de noticias en euskera.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 45
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento