Subvenciones destinadas a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres trabajadoras o desempleadas con hijos y/o hijas a su cargo o personas incapacitadas sometidas a su tutela en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S14682/18

Norma:

Orden HAC/14/2016, de 22 de abril de 2016. Orden HAC/19/2018, de 27 de marzo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas a apoyar la conciliación de las responsabilidades laborales y familiares de las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres trabajadoras por cuenta propia y de las mujeres desempleadas que participen en acciones de orientación profesional a propuesta del Servicio Cántabro de Empleo, mientras desarrollan esas actividades, mediante la financiación de los gastos de cuidado de sus hijas y/o hijos que se encuentren bajo su custodia o personas que se encuentren a su cargo y sometidas a su tutela, en los términos establecidos en esta Orden.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación para atender estas ayudas podrá alcanzar una cuantía máxima de hasta 1.200.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, las mujeres trabajadoras por cuenta ajena, las mujeres trabajadoras por cuenta propia, las mujeres cuidadoras no profesionales de sus familiares dependientes en situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad Social y/o las mujeres desempleadas participantes en acciones de orientación profesional a propuesta del Servicio Cántabro de Empleo que, indistintamente:

a) Tengan a su cargo hijas y/o hijos, nacidos a partir del 1 de enero de 2014, inclusive, que sean atendidos en guarderías o centros de atención infantil debidamente autorizados que no gocen de régimen de gratuidad, ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y/o que procedan a la contratación de personas cuidadoras para la atención de las hijas y/o los hijos que tengan a su cargo.

b) Contraten personas cuidadoras para la atención de personas que hayan sido incapacitadas judicialmente y que se encuentren a su cargo y sometidas a su tutela.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 04/04/2018
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Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
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