Subvenciones destinadas a la concesion de prestaciones economicas directas a personas y/o familias en situacion de emergencia social.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S07491/15

Norma:

Pamplona, 10 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones, en materia de servicios sociales, destinadas a la concesión de prestaciones económicas directas a personas y/o familias en situación de emergencia social.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de concepto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas individuales o unidades familiares de convivencia, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Manutención: Prestación económica destinada a cubrir la necesidad básica de una alimentación diaria y correcta de los miembros de la unidad familiar. Esta prestación es incompatible con la prestación periódica por manutención del Área de Bienestar Social e Igualdad. En el caso de solicitar manutención se deberá reflejar su motivación, es decir, habrá que determinar si anteriormente se han agotado otros recursos: banco de alimentos, comedor social, etc. o por el contrario justificar porqué no se han articulado dichos dispositivos.

b) Alojamiento: Los conceptos objeto de subvención, son:

–Alquiler de vivienda / habitación en vivienda compartida (domicilio personal) cuando se da como una situación coyuntural.

–Contrato de nueva vivienda en alquiler, cuando suponga un desembolso inicial extraordinario y sus recursos económicos pueda garantizar el pago habitual de la vivienda.

c) Suministros: Destinadas a cubrir las deudas contraídas en cualquier suministro (luz, gas, agua) que origine un aviso de suspensión del servicio y que se haya producido de una forma puntual. Para certificar este término habrá que presentar el aviso de suspensión del suministro establecido actualizado, indicando los meses a los que corresponda. No se contabilizará como suspensión la primera factura que se envía a las unidades familiares.

d) Otros conceptos: Destinados a paliar otras situaciones no contempladas en los apartados anteriores, en función de la excepcionalidad y la importancia de los daños irreparables para la unidad familiar.

Requisitos:

1.–Residencia efectiva en Pamplona y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de un año de antigüedad. Excepcionalmente, y cuando la situación sea de extrema necesidad, no se tendrá en cuenta la antigüedad, siendo suficiente su empadronamiento en el momento de formalizar la demanda.

2.–Personas usuarias de los Programas y Servicios del Área de Bienestar Social e Igualdad del Ayuntamiento de Pamplona y estar implicados/as en un Proceso de intervención social, con edades comprendidas entre los 25 años y los 65 años.Se exceptúa de este requisito de edad a las siguientes personas: –las personas menores de 25 años que presenten una situación excepcional debidamente justificada y documentada y/o aquellos con cargas familiares. –las personas igual o mayores a 65 años tendrán derecho a prestación para sufragar los gastos derivados de una situación sobrevenida de forma puntual e involuntaria. Se excluyen la solicitud de ayuda destinada a la adquisición de productos de apoyo técnico: facilitadores del cuidado y la protección personal, facilitadores de la movilidad personal, de la comunicación y la información.

3.–Que los conceptos a subvencionar no estén incluidos en las ayudas extraordinarias de emergencia del Gobierno de Navarra para personas en situación de exclusión social. En el supuesto de que si lo estén, deberán solicitar las ayudas/recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto. Se considera que la prestación regulada en esta convocatoria tiene carácter de subsidiariedad a las prestaciones y/o complementarse con otros recursos existentes en la comunidad.

En caso de que puedan ser solicitadas las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra por este concepto pero la necesidad de pago sea valorada por los servicios municipales como de carácter inmediato, se podrán conceder, realizando una solicitud paralela también al Departamento de Política Social. En este caso se firmará por el beneficiario compromiso de devolución conforme al Anexo IV de la convocatoria (Justificante compromiso de devolución), si esta ayuda es concedida más tarde por dicho Departamento. Asimismo, quienes habiendo percibido posteriormente la ayuda del Gobierno de Navarra y no realicen la devolución comprometida no podrán volver a solicitar esta prestación durante un año desde su percepción inicial.

4.–En el caso de que el usuario tenga solicitada renta de inclusión social y solicite ayuda de emergencia para alimentación firmará un compromiso de devolución que deberá realizarlo si es concedida en su valoración. Asimismo, quienes habiendo percibido posteriormente la ayuda del Gobierno de Navarra no realicen la devolución comprometida no podrán volver a solicitar esta prestación durante un año desde su solicitud inicial.

5.–Carecer de medios económicos propios suficientes (según tablas expresadas en el siguiente apartado), faltos de apoyatura socio-familiar con la que hacer frente a la situación planteada, sobrevenida por una fuerza mayor e involuntaria.

6.–Los recursos económicos de la Unidad Familiar de convivencia no podrán superar los ingresos económicos indicados a continuación:

NÚMERO DE MIEMBROS INGRESOS MENSUALES NETOS (euros) INGRESOS ANUALES NETOS (euros)

1 miembro 641,40 7.696,8

2 miembros 769,68 9.236,16

3 miembros 833,82 10.005,84

4 miembros 897,96 10.775,52

5 ó más miembros 962,10 11.545,20

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 39
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento