Subvenciones destinadas a instalaciones de energias renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que regiran las subvenciones destinadas a instalaciones de energias renovables.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S14146/13

Norma:

ORDEN de 22 de abril de 2013. Orden de 6 de agosto de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2013, la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el marco de la Orden de 6 de agosto de 2010, por la que se aprobaron las bases reguladoras que rigen las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, el límite máximo subvencionable será del 40% del coste elegible hasta un máximo de 60.000 euros de subvención.

Consultar según de acción subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en las bases.

Asimismo, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La inversión energética elegible, entendiendo como tal aquella parte de la inversión en bienes tangibles que sea necesaria para alcanzar los objetivos energéticos y medioambientales previstos. Podrá incluirse, en caso necesario, la dirección de obra y el coste de redacción del proyecto.

A) Biomasa térmica.

B) Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado.

C) Solar fotovoltaica, eólica y mixta eólica-fotovoltaica aislada.

D) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás.

E) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia.

F) Otras Instalaciones de Energías Renovables.

Requisitos:

Cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en las bases.

Asimismo, podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.

Documentos asociados

Boletín: 25/08/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/05/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 86
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento