Subvenciones destinadas a incentivar la implantacion y mejora de las empresas de turismo activo, aventura, actividades de ocio y tiempo libre - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S35273/10Norma:
Orden de 19 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar las inversiones necesarias que permitan incentivar la implantación y mejora de las empresas de turismo activo, aventura, actividades de ocio y tiempo libre.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas autónomas o las constituidas bajo cualquiertipo de sociedad mercantil, civil o comunidad de bienes, que reúnan los requisitos establecidos en estas
bases y sean titulares de los establecimientos en los cuales se puedan realizar las inversiones objeto de
subvención, según lo establecido en el artículo 1º de las bases.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Inversiones para la mejora de campos de golf, para actividades hípicas, náuticas, activos fijos (bicicletas, piraguas...), y aquellas otras actividades recreativas que supongan oferta turística complementaria en el medio rural.b) Inversiones para la implantación y renovación de sistemas de calidad en los establecimientos turísticos
(normas ICTE -Q-, ESO).
c) Inversiones para la implantación de energías renovables y para mejora de la sostenibilidad de los
establecimientos turísticos (ahorro energético y de agua, energías no contaminantes, reducción de la
contaminación acústica o lumínica, etc.).
Se considera inversión subvencionable tanto la ejecución material de las obras que se acometan para
la reforma o mejora de los establecimientos objeto de esta orden como, en su caso, la adecuación del entorno y las actuaciones de recuperación de los elementos de arquitectura, la cultura y la sociedad tradicional y los honorarios técnicos.
Requisitos:
Será requisito imprescindible para la concesión de estas subvenciones relativas a inversiones de mejoraque la empresa solicitante tenga inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta
de Galicia la actividad turística para la cual se solicita la ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
26/05/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento