Subvenciones destinadas a fomentar las actividades de entidades dedicadas a la prevencion de riesgos laborales.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S02855/14

Norma:

Orden HAC/06/2014, de 14 de enero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar durante el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades en materia de prevención de riesgos laborales, que realicen los agentes sociales y económicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Para las ayudas del artículo 1.a): Las organizaciones sindicales que no reúnan la condición
de más representativas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica
11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

b) Para las ayudas del artículo 1.b): Las organizaciones sindicales que reúnan la condición
de más representativas de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica
11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y la Ley de Cantabria 4/2009, de 1 de diciembre,
de Participación Institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

c) Para las ayudas del artículo 1.b): Las organizaciones empresariales más representativas,
conforme a la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, y la Ley de Cantabria 4/2009, de 1 de diciembre, de Participación Institucional de los Agentes Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de asistencia técnica, serán aquellas que estén dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas (gabinetes de asesoramiento y asistencia técnica en prevención de riesgos laborales y otras
acciones de asesoramiento y asistencia técnica).

b) Formación para empresarios y trabajadores designados para poder asumir por medios propios la actividad preventiva.

c) Cursos de formación para Delegados de Prevención:

— Honorarios de los profesores.

— Material didáctico.

d) Los derivados de actividades de información, publicidad y difusión de la cultura preventiva:

— Gastos de seminarios, jornadas, encuentros, conferencias.

— Gastos de publicidad y propaganda de actividades de difusión de la prevención.

Requisitos:

Para tener derecho a estas ayudas las organizaciones solicitantes deberán haber realizado, con anterioridad a la publicación de la presente Orden, el plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias a que se refieren los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria
10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 18
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 05/02/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 24
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento