Subvenciones destinadas a fomentar la sociedad de la informacion mediante la implantacion de nuevas tecnologias aplicadas a la explotacion del transporte ferroviario.
Código de ayuda:
S54464/09Norma:
Orden IND/17/2009, de 13 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar para el año 2009 la convocatoria de subvenciones, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la sociedad de la información mediante la implantación de nuevas tecnologías aplicadas a la explotación del transporte ferroviario.En particular, estas subvenciones pretenden propiciar la puesta en servicio del nuevo sistema avanzado de pago mediante tarjeta sin contacto en los servicios ferroviarios de transporte público de viajeros de uso general mediante su implantación en las estaciones y apeaderos existentes dentro del territorio de Cantabria.
Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda será de hasta un 55% del coste total de la inversión subvencionable justificada (excluido I.V.A.), con una aportación máxima de 550.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente Orden las empresas que, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, sean prestadoras de transporte público de viajeros por ferrocarril de uso general y cuyos servicios ferroviarios, tanto de cercanías y como regionales, permitan desplazamientos dentro del territorio de Cantabria¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.- La adquisición mediante compraventa de los siguientes conceptos:a) Terminales autoventa de billetes con lector de tarjetas sin contacto, incluyendo en este concepto los gastos de instalación y puesta en funcionamiento.
b) Canceladoras en estaciones y apeaderos de Cantabria,incluyendo su instalación y puesta en funcionamiento.
c) Terminales móviles para inspección y cancelación en ruta, incluyendo elementos y aplicaciones necesarias para el tratamiento de la información.
d) Terminales de lectura/grabación de sobremesa para las taquillas, así como las aplicaciones necesarias para el tratamiento de la información y la realización de las operaciones propias de la explotación.
e) Software. Desarrollo e implementación del software necesario para la correcta puesta en servicio del sistema de pago mediante tarjeta sin contacto, incluidas las licencias de configuración y tratamiento de las tarjetas sin contacto y licencias de software de gestión.
f) Equipos y sistemas que permitan la descarga de datos y su transmisión al centro de control de la empresa para una correcta gestión de la explotación, incluidos gastos de instalación.
g) Tarjetas chip sin contacto. Tendrán idénticas características técnicas a las de la tarjeta “Transporte de Cantabria”, descritas en el Anexo II, así como la misma serigrafía, por ambas caras, según el modelo establecido por el
Gobierno de Cantabria como imagen única para la tarjeta “Transporte de Cantabria”.
2.- La adaptación al nuevo sistema de tarjeta sin contacto de las máquinas autoventa, barreras tarifarias tipo flap, etc., que tengan instaladas en las estaciones/ apeaderos de Cantabria las empresas ferroviarias con carácter previo a la concesión de la subvención, así como los sistemas y equipos asociados.
3.- Los sistemas y equipamiento de comunicaciones para la interrelación y transmisión de datos entre las canceladoras instaladas en estaciones/apeaderos y los centros de explotación y gestión de datos.
4.- El software y los equipos necesarios para el correcto envío de información relativa a datos de tráfico de pasajeros a la Administración Autonómica e interrelación con los equipos y sistemas que ésta posee, según la estructura, canal y periodicidad que establezca la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
5.- La ejecución de la obra civil asociada, justificada y necesaria para la puesta en servicio de los nuevos sistemas y equipos. La obra civil englobará todas las actuaciones en infraestructuras e instalaciones de telecomunicaciones y energía necesarias para el mencionado fin.
Documentos asociados
Boletín:
24/07/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 142
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 142
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento