Subvenciones destinadas a fomentar la participacion, permanencia y promocion de las mujeres en el mercado de trabajo.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S49900/10

Norma:

Orden EMP/60/2010, de 10 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, a través de los siguientes programas, que habrán de desarrollarse en la Comunidad Autónoma de Cantabria:

a) Programa I.- Fomento del ascenso y promoción profesional de las mujeres trabajadoras en pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro.

b) Programa II.- Promoción de la elaboración y puesta en marcha en las empresas de medidas de acción positiva para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, la no discriminación por razón de género y la igualdad.

c) Programa III.- Fomento de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de mujeres trabajadoras por cuenta propia.

d) Programa IV- Fomento de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Programa I.- El importe de la ayuda será de 2.500 euros, salvo que la promoción o ascenso sea en una ocupación en la que la mujer tiene menor índice de representación (ocupación que no conste en el anexo de esta orden), en cuyo caso la cuantía será de 2.950 euros. En caso de jornada a tiempo parcial, el importe de la ayuda será proporcional a dicha jornada.

b) Programa II.- La ayuda para la aplicación y puesta en marcha de medidas de acción positiva y planes de igualdad será de 6.000 euros cuando la empresa solicitante supere los quince trabajadores/as en el centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y el importe proporcional cuando el número de trabajadores/as sea menor.

c) Programa III.- La cuantía de la subvención por la realización de las acciones previstas en este programa ascenderá a la cantidad de 1.000 euros.
Si el contrato celebrado fuera indefi nido o, siendo inicialmente de duración determinada o temporal, hubiera sido transformado en indefi nido antes de presentarse la solicitud, la subvención ascenderá a 2.000 euros, quedando obligada la benefi ciaria en estos casos a mantener la contratación durante un plazo de dos años.

d) Programa IV- El importe de la ayuda será equivalente a la cantidad abonada a la Seguridad Social en concepto de cuota empresarial por contingencias comunes por el trabajador/a sustituto/a.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) En el Programa I: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla superior a tres personas trabajadoras fijas y que desarrollen su actividad en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) En el Programa II: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan una plantilla superior a tres personas trabajadoras fijas en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria donde se pretendan desarrollar las medidas de acción positiva.

c) En el Programa III: mujeres trabajadoras por cuenta propia dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, o mutualidad de colegio profesional, que desarrollen la actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria de forma personal, profesional y directa en una empresa de carácter individual que no cuente con trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena.

d) En el Programa IV: pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen la actividad subvencionable en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa I.- Fomento del ascenso y promoción profesional de las mujeres trabajadoras en pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro.
La actividad subvencionable será la novación de contratos de trabajo efectuada a partir del día 1 de octubre de 2009 que suponga con carácter indefi nido un ascenso o promoción profesional de la trabajadora

b) Programa II.- Promoción de la elaboración y puesta en marcha en las empresas de medidas de acción positiva para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, la no discriminación por razón de género y la igualdad.
La actividad subvencionable será la puesta en marcha de medidas de acción positiva, con la duración indicada.

c) Programa III.- Fomento de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de mujeres trabajadoras por cuenta propia.
La actividad subvencionable consistirá en la contratación por parte de la solicitante de una persona por cuenta ajena, durante al menos dieciséis semanas, que se haga cargo de la explotación o actividad durante el periodo de la baja laboral de la benefi ciaria por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.

d) Programa IV- Fomento de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar en pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro.
La actividad subvencionable será la contratación por parte de PYMES y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria de personas desempleadas para sustituir a las personas titulares de permisos parentales citados en el artículo precedente.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 160
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento