Subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género en Castilla y León.

Código de ayuda:

S24646/23

Norma:

ORDEN FAM/616/2023, de 9 de mayo. Resolución de 7 de agosto de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a que las mujeres víctimas de violencia de género alcancen una mayor autonomía a través de
su independencia económica con el objetivo fundamental de lograr su plena integración social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será de 10.000 € por cada contrato indefinido a tiempo completo. Para los contratos temporales a tiempo completo de mínimo seis meses de duración el importe será de 4.000 € y para aquellos contratos de duración mínima de 90 días y que no lleguen a los seis meses de duración el importe será de 2.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro que cumpliendo los requisitos que determine la convocatoria, realicen la actuación subvencionable descrita en la base sexta y que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

A los efectos de estas bases, tendrán la condición de empresa las personas físicas y jurídicas así como las comunidades de bienes que sean empleadoras de las mujeres víctimas de violencia de género. En este último caso, dado que no ostentan personalidad jurídica, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario.

Siendo preciso además nombrar un representante con poderes bastantes, para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la contratación temporal, fija-discontinua e indefinida de mujeres víctimas de violencia de género para el desempeño de un puesto de trabajo ubicado en el territorio de Castilla y León, en los términos que establezca la correspondiente convocatoria.

En el supuesto de contratación temporal, el contrato deberá formalizarse por un periodo mínimo de 90 días o de seis meses, de acuerdo con la previsión contenida en la base séptima.

El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. En este último caso la jornada tendrá que ser, al menos, el 50% de la jornada ordinaria que se establezca en el convenio colectivo correspondiente.
El citado límite de duración mínima de la jornada a tiempo parcial no resultará de aplicación al colectivo de víctimas con discapacidad, como medida de adecuación del empleo a sus capacidades.

Quedan excluidos los contratos de trabajo formativos.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/08/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 153
Documento: Convocatoria 2023 (completa) Descargar Documento
Boletín: 10/08/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 153
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento