Subvenciones destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.- Convocatoria suspendida.

Código de ayuda:

S42755/18

Norma:

Resolución de 2 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria pública de subvenciones para fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Consumo
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo, Comercio e Industria (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tenga personalidad jurídica, pueda llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Obras y reformas para la conservación y recuperación de los elementos patrimoniales, tanto interiores como exteriores que proporcionan en el establecimiento la consideración, de emblemático.

2. Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.

3. Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la reducción del consumo energético y la modernización del establecimiento (sistemas de iluminación, climatización, maquinaria, instalaciones, mobiliario, sistemas de alarma y seguridad y TPV).

Estas inversiones, para poder ser elegibles, tienen que respetar los elementos patrimoniales que otorgan en el establecimiento la consideración de emblemático.

Requisitos:

Estos beneficiarios tienen que ser titulares de pequeñas empresas del sector del comercio detallista o de determinadas empresas de servicios, que desarrollan su actividad económica en un establecimiento considerado emblemático, con sede social en las Islas Baleares, y tienen que cumplir los requisitos que establece el artículo 4 de la Orden de la consejera de Comerç, Industria y Energía de 8 de abril de 2008.

Dentro de la categoría de PYME se considera pequeña empresa la que cuenta, en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de subvención, con menos de 50 trabajadores y tiene un volumen de negocio anual o un balance general que no supera los 10 millones de euros, y se considera microempresa la que tiene menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supera los 2.000.000 de euros.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Suspensión convocatoria Descargar Documento