Subvenciones destinadas a fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.- Convocatoria suspendida.
Código de ayuda:
S42755/18Norma:
Resolución de 2 de agosto de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de septiembre de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria pública de subvenciones para fomentar la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos.Categorías Subvención
- Comercio
- Consumo
- Medio Ambiente y Energía
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Trabajo, Comercio e Industria (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Comunidades de bienes / propietarios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tenga personalidad jurídica, pueda llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Obras y reformas para la conservación y recuperación de los elementos patrimoniales, tanto interiores como exteriores que proporcionan en el establecimiento la consideración, de emblemático.2. Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
3. Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la reducción del consumo energético y la modernización del establecimiento (sistemas de iluminación, climatización, maquinaria, instalaciones, mobiliario, sistemas de alarma y seguridad y TPV).
Estas inversiones, para poder ser elegibles, tienen que respetar los elementos patrimoniales que otorgan en el establecimiento la consideración de emblemático.
Requisitos:
Estos beneficiarios tienen que ser titulares de pequeñas empresas del sector del comercio detallista o de determinadas empresas de servicios, que desarrollan su actividad económica en un establecimiento considerado emblemático, con sede social en las Islas Baleares, y tienen que cumplir los requisitos que establece el artículo 4 de la Orden de la consejera de Comerç, Industria y Energía de 8 de abril de 2008.Dentro de la categoría de PYME se considera pequeña empresa la que cuenta, en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de subvención, con menos de 50 trabajadores y tiene un volumen de negocio anual o un balance general que no supera los 10 millones de euros, y se considera microempresa la que tiene menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supera los 2.000.000 de euros.
Documentos asociados
Boletín:
07/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 97
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
14/08/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Suspensión convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 100
Documento: Suspensión convocatoria Descargar Documento