Subvenciones destinadas a fomentar el deporte universitario y contribuir a la organización del Campeonato Autonómico de Deporte Universitario de la Comunitat Valenciana (CADU) para la temporada 2025-2026.

Código de ayuda:

S13482/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de abril. Orden 40/2017 de 18 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para fomentar el deporte universitario y contribuir a la organización del Campeonato
Autonómico de Deporte Universitario de la Comunitat Valenciana (CADU), temporada 2025-2026.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas o subvenciones percibidas representan al menos el 40% del total de sus ingresos anuales, siempre
que llegan como mínimo a la cantidad de 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las universidades de la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

1. Las entidades públicas deberán cumplir con las obligaciones de transparencia que, en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, le corresponden como entidad pública.

2. Las entidades privadas beneficiarias de la subvención deberán cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en el capítulo II del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, cuándo:

1. Perciben durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros.
2. Perciben durante el periodo de un año natural ayudas o subvenciones de las entidades públicas de la Comunitat Valenciana recogidas en el artículo 3 de la Ley 1/2022, en una cuantía superior a 50.000 euros.
3. Las ayudas o subvenciones percibidas representan al menos el 40% del total de sus ingresos anuales, siempre que llegan como mínimo a la cantidad de 5.000 euros.
4. Todas las entidades beneficiarias de subvenciones están obligadas a suministrar a la entidad concedente, previo
requerimiento, toda la información que sea necesaria para el cumplimiento por esta de las obligaciones previstas en la leyde transparencia, en el plazo de 15 días hábiles desde el requerimiento.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10358
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 08/05/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10358
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento