Subvenciones destinadas a financiar proyectos de iniciativas empresariales de relevancia turística en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S36991/23

Norma:

ORDEN CYT/1154/2023, de 29 de septiembre. Orden de 7 de diciembre de 2023. ORDEN CYT/93/2024, de 7 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Desde el día 2 de enero de 2024 hasta el día 29 de febrero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones destinadas a financiar proyectos de iniciativas empresariales de relevancia turística en la Comunidad de Castilla y León tienen por objeto la creación de oferta turística que, por su relevancia, originalidad, capacidad de atraer visitantes y afán de permanencia sean merecedoras de ayuda y que a su vez se concreten en destinos cuya oferta turística primaria o complementaria tenga capacidad de crecimiento.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las sociedades mercantiles que realicen las acciones objeto de la subvención. Quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de derecho

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las iniciativas empresariales consistentes en la realización de inversiones que tengan por objeto la creación de oferta turística en los términos previstos en las presentes bases.

Requisitos:

a) No tener la condición de empresa en crisis en relación con lo dispuesto en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) n. º 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de subvenciones compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y en las Directrices sobre subvenciones estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).

b) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, así como en su caso, la formalización del compromiso de contratación de trabajadores con discapacidad o incremento de cuotas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

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